Subvenciones destinadas a asociaciones destinadas a cuidados paliativos integrados de enfermos terminales y atención de familiares - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S64019/09

Norma:

ORDEN de 16 de septiembre de 2009. ORDEN de 7 de octubre de 2009. ORDEN de 30 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Efectuar la convocatoria para el 2010 en régimen de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, asignadas a asociaciones destinadas a cuidados paliativos integrados de enfermos terminales y atención de los familiares.

La actividad subvencionada conforme a las bases deberá realizarse antes del 31 de diciembre de 2010.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Sanidad (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención se determinará atendiendo al importe del Proyecto presentado, teniendo en cuenta todos los Proyectos incluidos en la Propuesta de Resolución definitiva, con un límite máximo de 15.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

La persona que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentra en situación que legitima su concesión, en concreto, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro cuya actividad sea de cuidados paliativos integrados de enfermos terminales y atención a familiares. Cuando el beneficiario sea una persona jurídica los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de esta Ley.

b) Personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de contratación.

c) Intermediarios o asesores en los que los pagos se definan como un porcentaje de coste total de la operación, a menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados.

d) Personas o entidades vinculadas con el beneficiario, salvo que concurran las siguientes circunstancias:

1. Que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado.
2. Que se obtenga la previa autorización del órgano concedente en los términos que se fijen en las bases reguladoras.

e) Personas o entidades solicitantes de ayuda o subvención en la misma convocatoria y programa, que no hayan obtenido subvención por no reunir los requisitos o no alcanzar la valoración suficiente.

Documentos asociados

Boletín: 05/10/2009
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 195
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 21/10/2009
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 206
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 16/04/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 74
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento