Subvenciones destinadas a asociaciones juveniles para la realización de proyectos de interés general durante el año 2006 y modificaciones.

Código de ayuda:

S43873/06

Norma:

ORDEN de 11 de marzo de 2006. Decreto 89/2005, de 12 de abril. ORDEN de 9 de noviembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de las subvenciones a asociaciones juveniles para el desarrollo de programas de interés general.

Las subvenciones se destinarán a programas o proyectos dirigidos a jóvenes de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que se desarrollen durante el año 2006.

La finalidad de las subvenciones que se establecen es fomentar y consolidar la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural, así como la promoción de la adecuada utilización del ocio, la calidad de vida y el bienestar de los jóvenes de nuestra Comunidad Autónoma a través de programas integrales y específicos de actuación.

Las subvenciones públicas objeto de la presente convocatoria se regirán directamente por el Decreto 89/2005, de 12 de abril, y por la presente Orden de convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Cultura (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones juveniles que además de cumplir los requisitos específicos que se establecen en la presente convocatoria, cumplan con carácter general, los siguientes extremos:

a) Estar domiciliados en el territorio de la Comunidad Autónomade Extremadura.

b) Prestar servicios o desempeñar funciones en el campo de la Juventud dentro de dicho ámbito territorial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considera actividad subvencionable la realización, por los beneficiarios, en la presente línea de subvención, de aquellas actuaciones que constituyan su objeto y definidas en el capítulo IV de la presente Orden.
Todas estas actuaciones deberán tener cabida dentro de los fundamentos y prioridades del vigente Plan
de Juventud: la convivencia, ocio y tiempo libre, los valores y la participación y la emancipación, la formación y el empleo.

De conformidad con lo dispuesto en el punto anterior, quedan excluidos de subvención, y por lo tanto no optarán a financiación, los programas o proyectos que carezcan de repercusión concreta, tanto en el colectivo destinatario como en los programas prioritarios marcados, así como los consistentes en:

a) Actividades docentes, previstas en los planes de estudios vigentes, o aquéllas que tengan como objeto o contenido los propios de la educación formal.
b) Actividades deportivas federadas.
c) No se consideran proyectos financiables aquéllos que puedan estar acogidos a programas de formación que puedan impartirse en el Centro de Formación Joven de Baños de Montemayor de la Consejería de Cultura.
d) Aquéllos que contengan preceptos que infrinjan alguna normativa vigente.

Igualmente, para aquellas actuaciones que contemplen el uso de alguna instalación juvenil, se tendrá en cuenta su adecuación a la normativa autonómica sobre instalaciones juveniles, y demás normativa aplicable.


Gastos subvencionables:

– Material fungible. Gastos de transporte.
– Gastos de personal, justificándose de conformidad con la legislación vigente.
– Gastos de estancia.
– Gastos de manutención.
– Gastos de alquiler y mantenimiento.
– Gastos de publicidad y difusión propios de la actividad.
– Otros gastos de imprenta.

Requisitos:

Los beneficiarios de ayudas convocadas, deberán justificar el destino y la finalidad del primer 50% de la ayuda recibida hata el día 5 de diciembre del año 2006 y el segundo 50% hasta el 15 de febrero del año 2007.

Documentos asociados

Boletín: 16/04/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/03/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 32
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 14/11/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 133
Documento: Modificación Descargar Documento