Subvenciones destinadas a asociaciones juveniles para la realizacion de proyectos de interes juvenil durante el año 2010.
Código de ayuda:
S45846/10Norma:
ORDEN 1302/2010, de 17 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/08/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar y consolidar la participación de los jóvenes en la vida social a través de las asociaciones.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Juventud
Localización del organismo gestor

Convoca:
Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las cuantías asignadas no podrá superar los 20.000 euros para la subvención de actividades y 5.000 euros para la subvención de equipamiento.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones, las federaciones de asociaciones y las fundaciones que estatutariamente prevean la atención al colectivo juvenil entre sus fines o que programen actividades para la juventud.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. La realización de proyectos:— Desarrollados por la entidad para sus propios asociados.
— Desarrollados por la entidad para otros jóvenes.
En este sentido, se subvencionarán, proyectos que contengan una o varias de las siguientes actividades:
a) De información y participación juvenil. Se entiende por tales, aquellas que favorezcan la orientación y asesoramiento de los jóvenes y/o fomenten la participación activa del joven en la sociedad.
b) De formación y cultura. Se entiende por tales las realizadas en la propia sede, o en otras instalaciones y que tienen por objeto difundir y acercar el patrimonio cultural a los jóvenes.
c) De ocio y tiempo libre, entendiéndose por tales las que tienen por objeto la educación no formal.
d) De movilidad juvenil. Se entiende por aquellas acciones que para llevarlas a efecto la asociación juvenil realiza intercambios con otras asociaciones juveniles dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el territorio nacional o en el extranjero.
e) De voluntariado juvenil. Se entiende por aquellas acciones organizadas por la Asociación Juvenil en las que participen de manera libre y altruista jóvenes en la prestación de servicios a personas o a la comunidad, que tengan por objeto favorecer la integración de jóvenes en riesgo de exclusión social, proyectos solidarios y de ayuda al desarrollo. Estas acciones se atenderán siempre y cuando no sean objeto de la convocatoria de entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que intervienen en el área de voluntariado social y/o de la cooperación internacional.
2a) Equipamiento en nuevas tecnologías: Ordenador, impresora, actualización de equipos, software y otros dispositivos digitales. Los equipos informáticos adquiridos posibilitarán el acceso a Internet y la utilización del correo electrónico.
2b) La adquisición de otro material inventariable: Mobiliario, equipamiento y otros enseres necesarios para el desarrollo del proyecto.
Requisitos:
Los fines de las entidades solicitantes deben ajustarse a los principios de la Constitución Española, estar legalmente constituidas, inscritas en el Registro correspondiente, con sede y desarrollo del proyecto en la Comunidad de Madrid.Documentos asociados
Boletín:
21/07/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 173
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 173
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento