Subvenciones destinadas a dar apoyo a proyectos de accion humanitaria que se desarrollen en paises en vias de desarrollo en el marco del proceso de reconstruccion a raiz de un desastre de origen natural o humano - Convocatoria para proyectos de acción humanitaria que se desarrollen en el marco del proceso de reconstrucción a raíz del terremoto ocurrido el 15 de agosto de 2007 en Perú.
Código de ayuda:
S71582/07Norma:
RESOLUCION VCP/3603/2007, de 28 de noviembre. RESOLUCION VCP/3539/2007, de 15 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/01/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convoca concurso para la concesión de subvenciones destinadas dar apoyo a proyectos de acción humanitaria que se desarrollen en el marco del proceso de reconstrucción a raíz del terremoto ocurrido el 15 de agosto de 2007 en Perú según las bases que figuran a la Resolución VCP/3539/2007, de 15 de noviembre.El objeto de estas bases es la concesión de subvenciones por parte de la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo, a proyectos de acción humanitaria que se desarrollen en países en vías de desarrollo en el marco del proceso de reconstrucción a raíz de un desastre de origen natural o humano.
Las subvenciones se podrán otorgar tanto a proyectos ya iniciados y no acabados como los que estén pendientes de realización. En este último caso, los proyectos deberán iniciarse, como máximo, en los dos meses siguientes a la fecha de entrega del primer pago.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de la Vicepresidencia (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención que se concederá por proyecto no puede ser superior a 250.000 euros, aunque se haya presentado mediante concierto de entidades.La Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo subvenciona hasta un máximo del 80% del presupuesto del proyecto aprobado, mientras que el importe restante tiene que ser financiado con fondos procedentes de la misma entidad solicitante o por otros organismos o instituciones, públicos o privados.
El importe de las subvenciones concedidas en ningún caso puede ser de una cuantía tal que en concurrencia con otras subvenciones o ayudas supere el coste de la actividad que quiere desarrollar la entidad beneficiaria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que cumplan los requisitos siguientes:a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente y que durante el año natural en curso cumplan un mínimo de tres años de antigüedad de constitución legal. Sin embargo, y en el caso de sucesión de entidades, se respetará la antigüedad originaria de la entidad siempre y cuando esta circunstancia se acredite en los nuevos estatutos.
Estar inscrita en el Registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que prevé la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo o en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional y regulado por el Real decreto 993/1999, de 11 de junio, y tener previsto dentro del objeto social de sus estatutos la ejecución de actividades de cooperación al desarrollo y solidaridad internacional.
La inscripción tendrá que ser efectiva, como muy tarde, en la fecha de resolución de la correspondiente convocatoria.
b) Disponer de sede social o delegación con establecimiento permanente en Cataluña, así como tener un equipo de gestión o un órgano de trabajo con capacidad de decisión en Cataluña que pueda asumir la responsabilidad directa de los proyectos o actuaciones para la cual se solicite subvención y estar en condiciones de dar en todo momento, a la Generalidad de Cataluña, cualquier aclaración, información y documentación relativa a la contabilidad y gestión del proyecto durante la fase de seguimiento y ejecución.
d) Tener presencia activa, capacidad de movilización y base social amplia en el territorio catalán.
e) Disponer de capacidad logística, recursos humanos, materiales y experiencia para garantizar los objetivos del proyecto que se pide subvencionar.
f) E star al corriente de las obligaciones derivadas de subvenciones percibidas de la Generalidad de Cataluña en ejercicios anteriores.
g) E star al corriente con las obligaciones tributarias ante el Estado y de la Generalidad de Cataluña y las obligaciones ante la Seguridad Social.
h) Acreditar una experiencia de, como mínimo, tres años a cumplir durante el año natural en curso en la realización de actividades de acción humanitaria y/o de cooperación al desarrollo.
i) Las asociaciones que presenten proyectos de manera conjunta tienen que cumplir, cada una individualmente, los requisitos y el resto de condiciones establecidos en estas bases para poder ser beneficiarias de las subvenciones. Asimismo, hará falta que aporten un acuerdo firmado entre todas las asociaciones en que se acrediten y detallen las actuaciones que realizará efectivamente cada asociación y que se comprometen a ejecutar el proyecto de manera conjunta. En el acuerdo también se tendrá que designar cuál de estas asociaciones actuará como representante ante la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo y la Generalidad de Cataluña, con respecto al cumplimiento de las obligaciones establecidas en estas bases y para firmar el correspondiente documento de aceptación de la subvención. En el acuerdo
también deberá constar el compromiso de no disolver la agrupación mientras no se haya desarrollado el proyecto y no haya transcurrido el plazo de prescripción de las obligaciones que se derivan, de acuerdo con lo que determina el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos que se presenten tienen que cumplir los requisitos siguientes:a) Tener como beneficiaria a la población directamente afectada por el desastre de origen natural o humano, y desarrollarse en las zonas afectadas por el mismo.
b) Atender a nuevas necesidades aparecidas a raíz de un desastre de origen natural o humano, y no a necesidades que ya existieran previamente.
c) Realizarse mediante una contraparte local en el país donde se desarrolle el proyecto, ya sea institucional o una entidad sin ánimo de lucro.
d) Que la viabilidad social, económica, técnica y medioambiental del proyecto quede suficientemente probada y documentada, sobre todo con referencia a que las repercusiones continúen cuando finalicen las ayudas desde Cataluña.
e) Que haya una relación proporcional entre los medios humanos y materiales necesarios para la realización del proyecto con respecto a los resultados que se quieren alcanzar.
f) Que respondan a las necesidades de las poblaciones beneficiarias y, en la medida en que sea posible, los proyectos tienen que ser compatibles con los planes de reconstrucción y rehabilitación del país.
g) Que cada solicitud de subvención superior a 100.000 euros tenga prevista una auditoría económico-financiera final externa que se tendrá que presentar en el momento de la presentación de la memoria final. Esta auditoría se consignará en los presupuestos solicitados a financiar por la Agencia como gastos directos.
h) Que incluya un plan de seguimiento continuado, tanto del desarrollo del proyecto, como del impacto del mismo. Este Plan tiene que incluir indicadores de seguimiento que sean relevantes, específicos, medibles, alcanzables y oportunos.
La entidad solicitante tendrá que justificar suficientemente el cumplimiento de estos requisitos en la solicitud de subvención.
Documentos asociados
Boletín:
28/11/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5018
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5018
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
04/12/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5022
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5022
Documento: Convocatoria Descargar Documento