Subvenciones destinadas a entidades y organizaciones que realicen proyectos para mejorar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y se efectúa la convocatoria para el año 2006.
Código de ayuda:
S36619/06Norma:
ORDEN de 20 de septiembre de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/10/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen de concesión de subvenciones a organizacioneso entidades creadas para la defensa de los intereses económicos y sociales que les sean propios y que realicen proyectos para la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, en Canarias y que reduzcan la siniestralidad laboral, mediante la puesta en práctica de las actuaciones que se indican en el siguiente apartado.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Prevención Riesgos Laborales
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Cada proyecto será subvencionado con una cantidad máxima de cuarenta mil (40.000,00) euros y mínimo de treinta y cinco mil (35.000,00) euros por proyecto.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Organizaciones o entidades sin ánimo de lucro, creadas para la defensa de los intereses económicos y sociales que les sean propios y que realicen proyectos para la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en Canarias, y que reduzcan la siniestralidad laboral, mediante la puesta en práctica de las actuaciones que se indican.Quedan expresamente excluidos de esta convocatoria los Servicios de prevención ajenos y las Mutuas de
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La actividad subvencionable comprenderá los siguientes gastos:A) Las retribuciones del personal que realiza la acción. La retribución del personal administrativo, de
coordinación, dirección o supervisión del proyecto, aunque recaiga en varias personas, no podrá superar el
25% de las retribuciones totales de la partida de personal.
Se considerarán incluidos en esta partida tanto los gastos salariales como extrasalariales que constituyan
los emolumentos percibidos por el trabajador.
B) Los gastos que se relacionan a continuación, los cuales no podrán superar el 25% del importe total
de la subvención.
* Los gastos de adquisición de los materiales de apoyo relacionados directamente con la ejecución del
proyecto.
* Los gastos de alquiler de locales, talleres u otras superficies en donde se realiza la acción en función
de la dedicación de los mismos al proyecto, así como los gastos de arrendamiento de equipos, material
didáctico que se distribuya, fichas prácticas o que se utilicen en el desarrollo de las actividades, gastos de
difusión y publicidad del proyecto, trípticos, mailing, gastos de traducción, gastos de reproducción de aquellos materiales que sean un producto final de la operación y gasto de tratamiento informático de datos.
C) Otros costes generados en el desarrollo del proyecto. Se podrá incluir hasta un máximo del 5 por ciento de la suma de los apartados anteriores y podrán referirse a los siguientes:
*Agua, gas y electricidad: mensajería y teléfonos; material de oficina consumido; vigilancia y limpieza;
gastos generales de administración y gestión; gastos de garantía bancaria y otros gastos financieros,
siempre que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y que sean indispensables
para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
Los proyectos a subvencionar, deberán contener, como objetivos operacionales, los siguientes:
- La reducción del número de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales.
- El refuerzo de la prevención de las enfermedades profesionales y de las enfermedades derivadas del
trabajo, entre las que se encuentran las enfermedades provocadas por el amianto, la pérdida de capacidad
auditiva y los trastornos músculo-esqueléticos.
- La protección de los trabajadores, especialmente sensibles a determinados riesgos, de la maternidad,
de los menores así como de aquellos trabajadores con relaciones de trabajo temporales o de duración determinada, o contratados por empresas de trabajo temporal.
- La prevención y protección de los trabajadores frente a los riesgos nuevos o emergentes, especialmente
aquellos asociados a la interacción entre agentes químicos, físicos y biológicos, así como al entorno de trabajo en su conjunto (riesgos ergonómicos, y riesgos psicológicos y sociales tales como el estrés y el
acoso en el trabajo).
- La integración de la prevención en las empresas, mediante la implantación y aplicación de sistemas de gestión de la prevención de riesgos laborales.
Los proyectos a subvencionar, deberán desarrollar acciones dirigidas a la consecución de uno o varios de los objetivos operacionales anteriores, con destino a las pequeñas o medianas empresas de Canarias y/o a sectores/actividades económicos, que registren mayor siniestralidad.
Documentos asociados
Boletín:
03/10/2006
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 193
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 193
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos. Descargar Documento