Subvenciones destinadas a favorecer la contratacion de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S50682/11Norma:
ORDEN de 25 de noviembre de 2011. Decreto 157/2008, de 25 de julio. Decreto 78/2009, de 3 de abril. Decreto 230/2009, de 6 de noviembre. Decreto 153/2010, de 2 de julio. Decreto 287/2011, de 25 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Dos meses contados a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la contratación o transformación.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Realizar la convocatoria pública para el ejercicio 2011-2012 de la concesión de subvenciones dirigidas a favorecer la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Empleo
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Empleo, Empresa e Innovación. (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
I. Programa de ayudas a la contratación indefinida de las personas con discapacidad en empresas ordinarias.1. Ayuda básica.
Quienes reuniendo las condiciones para ser beneficiario de esta ayuda, contraten por tiempo indefinido y a jornada completa a trabajadores discapacitados tendrán derecho a una subvención de 5.000 euros.
Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la subvención anterior se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.
2. Ayuda adicional I.
Aquellas entidades perceptoras de la ayuda básica por la contratación indefinida de trabajadores discapacitados desempleados establecida en el número anterior, tendrán derecho, además, a percibir una ayuda adicional de 2.000 euros.
3. Ayuda adicional II.
Quienes cumpliendo las condiciones establecidas en los números anteriores para ser perceptores de la Ayuda básica y de la Ayuda adicional I, cumplan alguna de las cláusulas de territorialidad e igualdad descritas a continuación, tendrán derecho a percibir una ayuda complementaria a las anteriores por importe de 2.000 euros.
Las ayudas adicionales recogidas en los apartados 2 y 3 anteriores serán de 1.000 euros, en el caso de que la entidad beneficiaria de la subvención no sea una pequeña o mediana empresa, según la definición que de las mismas se recoge en el artículo 4.3 del Decreto 157/2008.
III. Programa de ayudas para la transformación o conversión en indefinidos de contratos temporales o de duración determinada para trabajadores con discapacidad.
La transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo para trabajadores discapacitados, efectuada al amparo de lo dispuesto en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, de mejora del crecimiento y el empleo, así como la transformación en indefinidos de los contratos en prácticas, para la formación, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, celebrados con trabajadores que en el momento de la transformación ostenten la condición de discapacitados, dará lugar a la concesión de una subvención por importe de 4.500 euros.
En el supuesto de que las contrataciones sean a jornada parcial, la cuantía de la ayuda se reducirá proporcionalmente al porcentaje de jornada.
IV. Programa de ayudas a la contratación temporal de trabajadores con discapacidad en empresas ordinarias.
Las entidades que, reuniendo las condiciones exigidas en el artículo 4 del Decreto 157/2008, de 25 de julio, realicen contratos temporales incluidos los de aprendizaje, en prácticas, para la formación, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, tendrán derecho a solicitar una ayuda por importe de 1.000 euros.
En el supuesto de que las contrataciones sean a jornada parcial, la cuantía de la ayuda se reducirá proporcionalmente al porcentaje de jornada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las entidades privadas sin ánimo de lucro, empresas ordinarias, así como las comunidades de bienes, sociedades civiles, uniones temporales de empresas o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado de carácter privado que, careciendo de personalidad jurídica, tengan capacidad jurídica y de obrar para ser empresario y que cumplan con los requisitos establecidos para cadaprograma de ayudas.
Además, podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa IV, previsto en el artículo 1 de la presente orden, aquellas empresas que, cumpliendo el resto de requisitos y condiciones establecidos en el Decreto 157/2008, de 25 de julio, no tengan la condición de PYME, cuando se estime, excepcionalmente y mediante resolución motivada del Director Gerente del Servicio Extremeño Público de Empleo.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
I. Programa de ayudas a la contratación indefinida de las personas con discapacidad en empresas ordinarias.III. Programa de ayudas para la transformación o conversión en indefinidos de contratos temporales o de duración determinada para trabajadores con discapacidad.
IV. Programa de ayudas a la contratación temporal de trabajadores con discapacidad en empresas ordinarias.
Documentos asociados
Boletín:
01/08/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 149
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 149
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
08/04/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 68
Documento: Modificación Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 68
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
12/11/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 218
Documento: Modificación Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 218
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
09/07/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 131
Documento: Modificación Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 131
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
01/12/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 231
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 231
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
01/12/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 231
Documento: Modificación Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 231
Documento: Modificación Descargar Documento