Subvenciones destinadas a financiar la producción y/o gira de espectáculos a las compañías profesionales de artes escénicas de Castilla y León.

Código de ayuda:

S17800/19

Norma:

ORDEN CYT/280/2019 de 20 de marzo. Orden de 10 de abril de 2019. Orden de 29 de abril de 2019. Orden de 3 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de junio de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 40.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar la producción y/o gira de espectáculos de las compañías profesionales de artes escénicas de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones se determinará según las disponibilidades presupuestarias, siendo como máximo del 70% de la inversión en cada una de las actuaciones para las que se solicita la subvención, con el límite de 40.000 euros para proyectos de producción y 40.000 euros para proyectos de gira.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, que sean compañías profesionales de artes escénicas de Castilla y León, que tengan su domicilio o sede social permanente en la Comunidad de Castilla y León, siempre que hayan realizado al menos una producción en los tres años anteriores al inicio del plazo de ejecución que se establezca en la correspondiente convocatoria.

b) También podrán ser beneficiarios las agrupaciones de empresas que sean compañías profesionales de artes escénicas, siempre que hayan realizado al menos una producción en los tres años anteriores al inicio del plazo de ejecución que se establezca en la correspondiente convocatoria, ya sean personas físicas o jurídicas privadas o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención, de las cuales al menos una esté
ubicada en la Comunidad de Castilla y León. En estos casos, cada miembro de la agrupación tendrá igualmente la consideración de beneficiario. No obstante, se deberá nombrar un representante con poderes bastantes, para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La producción de nuevos espectáculos de las compañías profesionales de artes escénicas de Castilla y León. Se considerarán nuevos espectáculos aquellos producidos durante el plazo de ejecución que establezca la correspondiente convocatoria.

b) La gira de espectáculos de las compañías profesionales de artes escénicas de Castilla y León, nuevos o no, que se lleven a cabo durante el plazo de ejecución que establezca la correspondiente convocatoria.

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