Subvenciones destinadas a financiar los costes por constitucion de avales que garanticen los anticipos en las ayudas concedidas por la Generalitat en materia de formacion profesional para el empleo.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S69173/10

Norma:

ORDEN 48/2010, de 22 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación parcial de los costes financieros, desde su constitución, hasta el momento en el que se proceda al levantamiento de los avales bancarios prestados como garantía de los anticipos de pago de las subvenciones concedidas para la realización de acciones formativas en el ejercicio 2011, o en ejercicios anteriores, con cargo al subprograma presupuestario 322.52 Formación para el Empleo, cuya denominación en ejercicios anteriores era Formación Profesional Ocupacional y Continua.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro, que estén obligadas a constituir avales bancarios como garantía de los anticipos del importe de las ayudas concedidas por la Generalitat en materia de formación profesional
ocupacional y continua, y financiadas con cargo al subprograma presupuestario 322.52 Formación para el Empleo, de los Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2011, que en el caso de ejercicios anteriores
se denominaba Formación Profesional Ocupacional y Continua.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes financieros, desde su constitución, hasta el momento en el que se proceda al levantamiento de los avales bancarios prestados como garantía de los anticipos de pago de las subvenciones concedidas para la realización de acciones formativas en el ejercicio 2011, o en ejercicios anteriores, con cargo al subprograma presupuestario 322.52 Formación para el Empleo, cuya denominación en ejercicios anteriores era Formación Profesional Ocupacional y Continua.

Requisitos:

- Para obtener la condición de beneficiario, las entidades solicitantes deberán cumplir con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o, en su caso, estar exentas de dicha obligación.

- No podrán obtener la consideración de beneficiarios las entidades incursas en alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2) y 3) del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Tampoco podrán obtener la condición de beneficiario, las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e
incompatible con el mercado común.

- Será requisito para la concesión de las subvenciones y para el pago de las mismas que los beneficiarios se encuentren al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Se entenderá
que están al corriente, cuando no tengan deudas con la Administración por reintegro de subvenciones en período ejecutivo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6427
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento