Subvenciones destinadas a financiar los proyectos que se adecuen a los criterios fijados en los Planes Estrategicos Zonales de los Grupos de Accion Costera existentes en el ambito de la Comunidad Autonoma de Canarias, en el marco del Eje 4 "Desarrollo Sostenible de las Zonas de Pesca", cofinanciadas por la Union Europea a traves del Fondo Europeo de Pesca (FEP), y se aprueban las bases que han de regir la misma.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S22655/13Norma:
ORDEN de 7 de junio de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/07/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las normas reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar los proyectos que se adecúen a los criterios fijados en los Planes Estratégicos Zonales de los Grupos de Acción Costera existentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco del Eje 4 “Desarrollo Sostenible de las Zonas de Pesca”, cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Pesca(FEP).Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Creación nuevas empresas
- Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las subvenciones a conceder vendrá determinada por el coste elegible de los proyectos que se aprueben. Dichos costes serán como máximo los fijados para el Grupo 1 (ayudas a inversiones no productivas) y para el Grupo 3 (ayudas a inversiones productivas), en el anexo II del Reglamento (CE) nº 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006, donde se establece la intensidad de la ayuda.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, o comunidades de bienes, que realicen o acometan un proyecto a desarrollar en cualquiera de las zonas de pesca de la Comunidad Autónoma de Canarias, que seespecifican a continuación:
- Zona 2: Isla de La Gomera.
- Zona 3: Isla de La Palma (se exceptúa el municipio no costero de El Paso).
- Zona 4: Isla de Tenerife (entes de población ubicados en la línea de costa).
- Zona 5: Isla de Gran Canaria (entes de población ubicados en la línea de costa).
- Zona 6: Isla de Fuerteventura.
- Zona 7: Isla de Lanzarote.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los proyectos que promuevan la creación de empresas.b) Los proyectos que promuevan la creación/mantenimiento de puestos de trabajo.
c) Los proyectos que incorporen tecnologías de la información.
d) Los proyectos que promuevan la innovación y la calidad medioambiental.
e) Los proyectos de valorización del patrimonio y aprovechamiento de los recursos endógenos.
f) La viabilidad técnica, económica y financiera de los proyectos.
g) Los proyectos de inversión cuyo beneficio repercuta en el desarrollo socioeconómico de la zona de pesca.
h) La promoción de la igualdad entre hombres y mujeres así como la del incremento del papel de las mujeres en el sector de la pesca.
i) Proyectos destinados a fomentar, impulsar, programar y colaborar en actuaciones dirigidas a la diversificación de actividades, mediante la promoción de empleo múltiple para pescadores a través de la creación de trabajos adicionales fuera del sector pesquero y la mejora de competencias profesionales y la capacidad de adaptación y acceso al empleo, particularmente destinadas a mujeres, a jóvenes y a familiares directos de los mismos.
Requisitos:
a) Que sean una Pequeña o Mediana Empresa (PYME), de conformidad con lo establecido en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003, sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (2003/361/CE). Este requisito no tendrán que cumplirlo las entidades públicas, las organizaciones sin ánimo de lucro y los peticionarios de subvenciones de proyectos no productivos.b) Que las inversiones para las que se solicita la subvención, se adecúen a los criterios fijados en el Plan Estratégico Zonal y no estén iniciadas antes del 1 de enero de 2013.
c) Como norma general, no se admitirá la subrogación en la condición de solicitante o beneficiario de las subvenciones, excepto en los casos de sucesión mortis causa, adquisición de la propiedad como consecuencia de procesos de disolución y liquidación de las personas jurídicas, operaciones de fusión o escisión parcial o total de sociedades, o en aquellos otros casos en los que a juicio del órgano competente para la concesión de las subvenciones, la transmisión de la propiedad y la subrogación del nuevo propietario en la posición del solicitante o beneficiario, no desvirtúe la finalidad de las ayudas y se cumplan por el nuevo beneficiario todos los requisitos y demás condiciones y obligaciones exigidos en estas bases.
d) En caso de proyectos destinados a fomentar, impulsar, programar y colaborar en actuaciones dirigidas a la diversificación de actividades, mediante la promoción de empleo múltiple para pescadores a través de la creación de trabajos adicionales fuera del sector pesquero y la mejora de competencias profesionales y la capacidad de adaptación y acceso al empleo, particularmente destinadas a mujeres, a jóvenes y a familiares directos de los mismos, los beneficiarios deberán ser además personas trabajadoras o empresarias del sector pesquero o que ejerzan una actividad profesional relacionada con el sector.
Documentos asociados
Boletín:
19/06/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 116
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 116
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento