Subvenciones destinadas a fomentar la contratación por cuenta ajena del primer, segundo y/o tercer trabajador por parte de autónomos en la Comunidad de Castilla y León.- Convocatoria 2011.- Corrección.

Código de ayuda:

S19646/10

Norma:

Orden EYE/385/2010, de 12 de marzo. RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2010. RESOLUCIÓN de 9 de agosto de 2010. Orden EYE/213/2011, de 3 de marzo. RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2011. ORDEN EYE/213/2011, de 3 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Consultar plazo según fecha de inicio de las contrataciones.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concesión directa, las subvenciones destinadas a fomentar la contratación por cuenta ajena del primer, segundo y/o tercer trabajador por parte de autónomos o profesionales, comunidades de bienes y sociedades civiles establecidos en la Comunidad de Castilla y León, para 2011.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– La celebración de contratos de duración indefinida a jornada completa con trabajadores mayores de 30 años se subvencionará con una cuantía de 5.000 euros.

2.– La celebración de contratos de duración indefinida a jornada completa con trabajadores menores de 30 años se subvencionará con una cuantía de 6.000 euros.

3.– Los importes anteriores se incrementarán con una subvención adicional de 600 euros, si la contratación se formaliza con una mujer, y de 500 euros cuando el trabajador contratado se incorpore a un centro de trabajo ubicado en alguno de los municipios que por tratarse de zonas más desfavorecidas, con menor índice de desarrollo o por otras circunstancias, se especifiquen en la respectiva convocatoria.

4.– Para el cálculo de la cuantía de la subvención por contrataciones indefinidas a jornada parcial, las cantidades mencionadas se reducirán en proporción al prorrateo que resulte de aplicar sobre la jornada ordinaria a tiempo completo de 40 horas semanales o la jornada aplicable en la empresa o sector, el número de horas de trabajo correspondientes al contrato subvencionado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los autónomos o profesionales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, siempre que lleven a cabo contrataciones por cuenta ajena en los términos y con los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación por cuenta ajena del primer, segundo y/o tercer trabajador por parte de los autónomos o profesionales, comunidades de bienes y sociedades civiles, establecidos en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

Requisitos:

- Las contrataciones deberán formalizarse con trabajadores que en el momento inmediatamente anterior al alta en Seguridad Social, motivada por su contratación indefinida, pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

• Mujeres, inscritas como desempleadas en el Servicio Público de Empleo.

• Hombres menores de 30 años, inscritos como desempleados en el Servicio Público de Empleo.

• Hombres de 30 o más años que lleven, al menos, 3 meses inscritos como desempleados en el Servicio Público de Empleo.

- No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos deberán cumplimentar la declaración responsable conforme al Anexo III de esta Resolución de convocatoria.


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