Subvenciones destinadas a fomentar la inclusión laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo en La Rioja.
Código de ayuda:
S61700/22Norma:
Orden DEA /68/2022, de 19 de octubre.Plazo de Solicitud:
A determinar en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones, en régimen de concesión directa, destinadas a fomentar la creación y mantenimiento de puestos de trabajo en los Centros Especiales de Empleo.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Empleo
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Consejería de Desarrollo Autonómico (La Rioja)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los beneficiarios de esta orden son los Centros Especiales de Empleo, que figuren debidamente inscritos y calificados, cuyo centro de trabajo radique en la misma, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente orden para cada modalidad de ayudas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se articulan en las siguientes medidas:a)Subvención por inversión fija generadora de empleo.
b)Subvención del coste salarial.
c)Subvención por adaptación de puestos de trabajo.
Requisitos:
1.No podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:a)Estar incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo13, apartados 2 y 3, del Decreto14/2006, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
b)Que concurra alguna de las causas de exclusión previstas en el artículo 1 del Reglamento nº651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 de Exención por Categorías.
2.Los beneficiarios estarán sujetos a las obligaciones establecidas en el artículo 14 del Decreto 14/2006, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como a las siguientes obligaciones generales, además de las correspondientes a cada modalidad de actuación en los correspondientes artículos de esta orden.
3.Los solicitantes deberán disponer de un plan de igualdad en vigor, en los supuestos en que resulten obligados a ello.
Documentos asociados
Boletín:
24/10/2022
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 204
Documento: Bases Reguladoras 2022 y Anexos Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 204
Documento: Bases Reguladoras 2022 y Anexos Descargar Documento