Subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio electrónico y TIC.
Código de ayuda:
S00391/22Norma:
Decreto 132/2021, de 24 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de abril de 2022.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 12.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de las ayudas a conceder en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, para el impulso de la digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio electrónico y TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y aprobar su primera convocatoria, siendo el principal objetivo de estas ayudas mejorar la productividad y competitividad mediante la aplicación de conocimientos y nuevas tecnologías en el ámbito empresarial y comercial.Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención consistirá en un porcentaje del 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 12.000 euros por beneficiario, independientemente del número de servicios que se pretenda contratar.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Tendrán la condición de beneficiario conforme a lo recogido en las presentes bases, los autónomos o asimilados y Pymes, que en el momento de presentar la solicitud se encuentren constituidas debidamente y empleen a un máximo de 50 trabajadores.También podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica propia puedan llevar a cabo los proyectos para los que se destinan las ayudas.
Documentos asociados
Boletín:
31/12/2021
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 251
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 251
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
31/12/2021
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 251
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (extracto) Descargar Documento
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Documento: Bases y Convocatoria 2022 (extracto) Descargar Documento
Boletín:
15/02/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 31
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 31
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