Subvenciones destinadas a incentivar el turismo activo, actividades de ocio y tiempo libre, y se procede a su convocatoria cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del Programa operativo Feder Galicia 2007-2013.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S20591/12

Norma:

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2012. RESOLUCIÓN de 23 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/07/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases, por las cuales se regirá la concesión de las subvenciones de la Secretaría General para el Turismo para apoyar acciones encaminadas a incentivar el turismo activo, actividades de ocio y tiempo libre, y realizar la convocatoria para el año 2012.

Categorías Subvención

  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

• Los proyectos señalados en el punto 1.3 Línea A) podrán conseguir un máximo de ayuda de hasta el 40% del presupuesto subvencionable. El importe subvencionado por este concepto será de un máximo de 250.000 euros.

• Los proyectos señalados en el punto 1.3 Línea B) podrán conseguir un máximo de ayuda de hasta el 40% del presupuesto subvencionable. El importe subvencionado por este concepto será de un máximo de 100.000 euros.

• Los proyectos señalados en el punto 1.3 Línea C) podrán conseguir un máximo de ayuda de hasta el 40% del presupuesto subvencionable. El importe subvencionado por este concepto será de un máximo de 60.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas (pymes) autónomas o las constituidas bajo cualquier tipo de sociedad mercantil, civil o comunidad de bienes, que reúnan los requisitos establecidos en estas bases y sean titulares de los establecimientos en los cuales se puedan realizar las inversiones objeto de subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea A) Inversiones para la mejora de las infraestructuras para el desarrollo de actividades hípicas, náuticas, golf y oferta turística complementaria.

Línea B) Inversiones para la adquisición y/o renovación de material para la práctica de las actividades objeto de la convocatoria (bicicletas, piraguas, embarcaciones, material golf, senderismo, material para centros BTT, etc.).

Línea C) Creación de nuevas ofertas. Gastos de promoción y difusión, así como herramientas o aplicaciones web para la promoción y comercialización de los productos en sitios web propios o de terceros (webs, redes sociales o blogs), específicos de los productos desenvueltos.

Documentos asociados

Boletín: 06/06/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 107
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 30/10/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 207
Documento: Modificación Descargar Documento