Subvenciones destinadas a instalaciones de energias renovables, en el marco de la Orden de 6 de agosto de 2010, por la que se aprobaron las bases reguladoras que regiran las subvenciones destinadas a instalaciones de energias renovables.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S14146/13Norma:
ORDEN de 22 de abril de 2013. Orden de 6 de agosto de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 06/06/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el ejercicio 2013, la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables, en el marco de la Orden de 6 de agosto de 2010, por la que se aprobaron las bases reguladoras que rigen las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables.Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos. (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Con carácter general, el límite máximo subvencionable será del 40% del coste elegible hasta un máximo de 60.000 euros de subvención.Consultar según de acción subvencionable.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluidas las empresas de servicios energéticos, siempre y cuando la actuación se realice en Canarias, en los términos y condiciones establecidos en las bases.Asimismo, podrán ser beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La inversión energética elegible, entendiendo como tal aquella parte de la inversión en bienes tangibles que sea necesaria para alcanzar los objetivos energéticos y medioambientales previstos. Podrá incluirse, en caso necesario, la dirección de obra y el coste de redacción del proyecto.A) Biomasa térmica.
B) Equipos de tratamiento en campo de biomasa para su astillado o empacado.
C) Solar fotovoltaica, eólica y mixta eólica-fotovoltaica aislada.
D) Instalaciones para el almacenamiento, manejo, tratamientos previos y sistemas de digestión anaerobia y de aprovechamiento energético (calor/frío) y/o eléctrico de cualquier tipo de materia orgánica susceptible de este tratamiento, pequeñas instalaciones para obtención y aprovechamiento de biogás.
E) Equipos de aprovechamiento de la energía existente en el subsuelo. Geotermia.
F) Otras Instalaciones de Energías Renovables.
Requisitos:
Cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluidas las empresas de servicios energéticos, siempre y cuando la actuación se realice en Canarias, en los términos y condiciones establecidos en las bases.Asimismo, podrán ser beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención.
Documentos asociados
Boletín:
25/08/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 167
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 167
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
07/05/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 86
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 86
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento