Subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Código de ayuda:
S04882/23Norma:
ORDEN de 11 de enero de 2023. Orden de 14 de abril de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de julio de 2030 o hasta que se agote el volumen máximo de préstamos garantizados.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de esta orden establecer el procedimiento para el acceso de préstamos garantizados por el Instrumento Financiero de Gestión Centralizada (“IFGC”) para inversiones destinadas a inversiones en tecnologías forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco de la Actuación 8.6.1: Incremento del potencial forestal, de la “Submedida 8.6; Inversiones en tecnologías forestales y para la transformación, movilización y comercialización de productos forestales” del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura, y definidos mediante el Convenio firmado el 6 de febrero de 2019 por el que se articula el acuerdo de financiación del Instrumento Financiero de Gestión Centralizada FEADER 2014-2022 entreel Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las Consejerías de Hacienda y Administración Pública y Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura y la Sociedad Estatal de Caución Agraria (SAECA).
Los préstamos estarán destinados apoyar inversiones del incremento del potencial forestal y de inversiones forestales en el marco de la Actuación 8.6.1: “Incremento del potencial forestal, Submedida 8.6 “Inversiones en tecnologías forestales y para la transformación, movilización y comercialización de productos forestales” del PDR Extremadura 2014-2022, aprobado por Decisión de ejecución de la Comisión C(2022) 894 final, de 9 de febrero de 2022.
Los préstamos serán garantizados con la cofinanciación del FEADER.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Financiación Preferente / Préstamos
- Inversiones Materiales y Equipos
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe mínimo y máximo del préstamo garantizado de las operaciones a financiar será de 3.000,00 € como mínimo, y de 900.000,00 € como máximo.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Las personas físicas o jurídicas, titulares de derechos reales o personales sobre terrenos forestales y agroforestales cuando los derechos las habiliten a realizar las actuaciones subvencionables, siempre que esas personas sean titulares forestales privados.b) Las personas autónomas y las pequeñas y medianas empresas del sector forestal (en adelante PYMES) no incluidas en el apartado anterior. Se entiende por PYME aquella empresa que ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros, de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE)
número 702/2014 de la Comisión de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE. Las PYMES en proceso de constitución, deberán encontrarse legalmente constituidas, en el momento de resolver la concesión y con anterioridad a la propuesta de resolución provisional de la subvención, deberán presentar la inscripción en el registro público correspondiente.
Documentos asociados
Boletín:
16/04/2020
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 73
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
19/01/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 13
Documento: Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
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