Subvenciones destinadas a la Cooperación para el Desarrollo.

Código de ayuda:

S24419/04

Norma:

Orden de 08-10-2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/12/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar con carácter permanente, subvenciones para proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo y de Sensibilización y Educación al Desarrollo, llevados a cabo por entidades privadas sin fines de lucro y colaborar mediante convenios con Entidades Públicas o Privadas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención máxima a conceder por la Consejería de Bienestar Social será del 85% del presupuesto aprobado por la Consejería.
La entidad solicitante deberá acreditar documentalmente la aportación del restante 15%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades legalmente constituidas e inscritas, que carezcan de ánimo de lucro y que tengan como fin la realización de proyectos de cooperación al desarrollo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las siguientes acciones:
- Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo a realizar en países subdesarrollados o en vías de desarrollo.
- Proyectos de Sensibilización y Educa-ción para el Desarrollo a realizar en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, así como de estudio, investigación, análisis y evaluación, de la realidad de la cooperación castellano-manchega y las demás acciones de cooperación previstas en la misma.

Los siguientes costes:
- Costes directos.
Se consideran costes o gastos directos subvencionables aquellos directamente relacionados con la ejecución del proyecto y que financian la consecución inmediata de los objetivos del mismo.
Revisten, en todo caso, este carácter los gastos de adquisición o alquiler de terrenos; los de construcción, que incluye mano de obra y materiales; equipos, material, instalaciones, transportes, personal local, personal expatriado, viajes, estancias y dietas del personal local y expatriado vinculado directamente al proyecto.
Para los proyectos de Sensibilización y Educación para el Desarrollo se anadirán los de publicidad.
- Costes Indirectos.
Se podrán imputar como gastos o costes indirectos todos los gastos administrativos de la entidad castellano-manchega solicitante y de su contraparte local derivados exclusiva y directamente, de la formulación, seguimiento y control del proyecto.
Los costes indirectos que se aduzcan no podrán exceder del 8% del importe de la subvención concedida, ampliable al 9% cuando se realicen actividades de sensibilización ligadas a la ejecución de un proyecto de cooperación para el desarrollo.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en Registro correspondiente.
- Gozar de capacidad jurídica y de obrar en España.
- Tener como fines institucionales la realización de actividades relacionadas con la cooperación para el desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.
- Carecer de fines de lucro.
- Disponer y acreditar documentalmente la existencia de sede en Castilla-La Mancha.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones de las subvenciones análogas recibidas de Bienestar Social.
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 15/10/2004
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 193
Documento: Convocatoria Descargar Documento