Subvenciones destinadas a la adquisicion de equipamiento de produccion y postproduccion de contenidos digitales para el año 2010.- Corrección de anexos.

Código de ayuda:

S39964/10

Norma:

Orden de 26 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudar al sector audiovisual regional a adaptar su equipamiento técnico a los cambios tecnológicos y exigencias del actual mercado audiovisual, que vienen impuestos o generados por la necesidad de ofrecer y contratar cada vez más y mejores contenidos digitales.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Economía, Hacienda y Empresa (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima posible de cada subvención que se conceda al amparo de esta Orden, que no podrá ser superior a 20.000,00 €, se determinará, aplicando a los gastos considerados subvencionables de cada solicitud los porcentajes correspondientes a la intensidad máxima de ayuda definida en el apartado siguiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pequeñas y medianas empresas españolas o nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo que, a fecha de solicitud de subvención al amparo de esta convocatoria, tengan su domicilio social o al menos un establecimiento permanente en la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Adquisición, mediante compra, de equipamiento técnico nuevo y de primer uso, de producción y postproducción de contenidos digitales.

Requisitos:

a) Que su objeto social, en el caso de personas jurídicas, o su actividad principal, en caso de empresarios individuales y/o profesionales, tenga relación directa con la realización, producción, o postproducción de contenidos audiovisuales para su emisión en cualquier medio analógico o digital.

b) No estar incurso en ninguna de las causas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones como impedimento legal para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.

c) Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como en el de las obligaciones con la Seguridad Social, en los términos previstos en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones , y en el artículo 11 y concordantes de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

d) Estar dado de alta en uno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE):
- 844.- Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares.
- 961.1.- Producción de películas cinematográficas (incluso vídeos).
- 961.2.- Doblaje, sincronización y montaje de películas o cintas cinematográficas (incluso vídeos) siempre que no se efectúe por la propia empresa productora.
- 964.2.- Servicios de televisión.
- 973.1.- Servicios fotográficos.

- Cualquier otro que a juicio del Órgano Instructor, tenga relación directa con la realización, producción, o postproducción de contenidos audiovisuales para su emisión en cualquier medio analógico o digital.

Documentos asociados

Boletín: 18/06/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 138
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 26/06/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 145
Documento: Corrección de Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 03/07/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 151
Documento: Corrección de anexos. Descargar Documento