Subvenciones destinadas a la bonificación de los intereses generados por los préstamos a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón.- Convocatoria 2018.
Código de ayuda:
S06546/18Norma:
ORDEN DRS/150/2018, de 30 de enero. Orden DRS/600/2018, de 10 de abril. ORDEN DRS/770/2018, de 10 de mayo. ORDEN DRS/1270/2018, de 17 de julio. ORDEN AGM/1464/2021, de 4 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de mayo de 2018.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto convocar las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la fnanciación del tipo de interés de los préstamos formalizados por los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas, de la Comunidad Autónoma de Aragón, ubicadas en la margen derecha del río Ebro, así como de las explotaciones de fruta dulce, de ganadería extensiva y cunícola ubicadas en el resto del territorio, de acuerdo con lo establecido y en la Orden DRS/150/2018, de 30 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la bonifcación de los intereses generados por los préstamos a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Financiación Preferente / Préstamos
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes, que sean titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) regulado por Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, o en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) regulado por Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo y que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Podrán ser objeto de subvención los intereses generados por los préstamos formalizados con las entidades fnancieras, en los términos y condiciones establecidos en la orden de convocatoria correspondiente, por los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón.2. Quedan excluidos de la aplicación de esta orden los préstamos cuya cuantía del principal sea inferior a 6.000 euros.
Requisitos:
Personalidad jurídicaPersonas físicas:Que la explotación esté califcada como Explotación Agraria Prioritaria (EAP), a fecha fn de plazo de solicitud, ó bien.Que en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), del último periodo impositivo, al menos el 50 % de sus ingresos totales procedan de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
Personas jurídicas:Que la explotación esté califcada como Explotación Agraria Prioritaria (EAP), a fecha fn de plazo de solicitud, ó bien.
Que como mínimo el 50 % de los ingresos totales, del último periodo impositivo, procedan de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
Jóvenes agricultores que no tengan más de 40 años de edad en el año de la solicitud, y cumplan:Que la explotación esté califcada como Explotación Agraria Prioritaria (EAP), a fecha fn de plazo de solicitud, ó bien.
Que tenga aprobado un Plan de incorporación al amparo del PDR 2014-2020 en el año de la solicitud o anterior, o bien.
Que en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), del último periodo impositivo, al menos el 50 % de sus ingresos totales procedan de actividades agrícolas, ganaderas o forestales, o bien.
Estar dado de alta en la Seguridad Social en el sector agrario por cuenta propia (SETA y/o RETA) en el año de la solicitud.
En personas jurídicas, cuando el control efectivo de la sociedad lo ejerzan uno o varios jóvenes agricultores, que cumplan cualquiera de los criterios anteriores.
Que hayan suscrito o suscriban durante el año de la convocatoria una póliza o contrato de seguro en las líneas de seguros para las producciones agrícolas o ganaderas comprendidas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados y se comprometan a mantenerlo durante el periodo de vigencia del préstamo.
Que la explotación por la que se solicita la ayuda esté localizada en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Documentos asociados
Boletín:
09/02/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 29
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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19/04/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 76
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
19/04/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 76
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
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18/05/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 95
Documento: Ampliación plazo solicitud Descargar Documento
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Boletín:
31/07/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 147
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
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Boletín:
31/07/2018
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 147
Documento: Modificación Convocatoria (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
12/11/2021
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 232
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
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