Subvenciones destinadas a la consolidacion, desarrollo y normalizacion de los medios de comunicacion en euskera (Convocatoria Hedabideak).- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S53764/11Norma:
ORDEN de 21 de diciembre de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/01/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación y convocatoria de subvenciones destinadas a la consolidación, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera (Convocatoria Hedabideak).Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención adjudicada a cada medio de comunicación será, como máximo, el importe solicitado a la Viceconsejería de Política Lingüística y, como mínimo, de dos mil (2.000) euros. No se concederán importes inferiores a dicha cantidad mínima.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas privadas, con nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que realicen alguna actividad económica y desarrollen los proyectos mencionados.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los medios de comunicación siguientes:1.– Grupo A: prensa diaria impresa íntegramente en euskera.
a) Diarios distribuidos en todo el ámbito geográfico del euskera.
b) Diarios distribuidos en determinados municipios o comarcas.
2.– Grupo B: revistas impresas íntegramente en euskera.
a) Subgrupo B1: revistas de información general o revistas especializadas (pensamiento, ciencia, música, naturaleza, infantil y juvenil...), distribuidas en todo el ámbito geográfico del euskera.
b) Subgrupo B2: revistas de información general, distribuidas en municipios, comarcas o territorios concretos.
3.– Grupo C: radios que, disponiendo de los correspondientes títulos habilitantes, emiten, parcial o íntegramente, en euskera a través de las ondas.
4.– Grupo D: televisiones que, disponiendo de los correspondientes títulos habilitantes, emiten, parcial o íntegramente, en euskera.
5.– Grupo E: medios de comunicación difundidos por Internet y agencias de noticias:
● Diarios y revistas íntegramente en euskera.
● Radios que emiten parcial o íntegramente en euskera.
● Televisiones que emiten parcial o íntegramente en euskera.
● Agencias de noticias en euskera.
Documentos asociados
Boletín:
29/12/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 246
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 246
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento