Subvenciones destinadas a la contratación de personas desempleadas con trastorno mental grave o problemas de salud mental grave por entidades locales de la Comunitat Valenciana.
Código de ayuda:
S22482/24Norma:
Resolución de 17 de octubre de 2024. ORDEN 13/2024, de 13 de junio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 4 de noviembre de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a entidades locales de la Comunitat Valenciana que dispongan de SASEM activo a 31 de diciembre de 2023, para que contraten a personas desempleadas con trastorno mental grave o problemas de salud mental grave, con la finalidad de que incrementen su empleabilidad mediante la adquisición de experiencia laboral.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Empleo
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la dotación permite asignar a todas las entidades locales potencialmente destinatarias elimporte para financiar al menos un contrato (cuyo coste estimado asciende a 20.000 euros) por cada SASEM activo a fecha 31 de diciembre de 2023.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
1. En aplicación del artículo 8.3.a) de la Orden de bases, y de conformidad con el Informe-Propuesta de la Dirección General de las Personas con Discapacidad de 20 de mayo de 2024, podrán ser beneficiarias de este programa las entidades locales de la Comunitat Valenciana que dispusieran de SASEM activo a 31 de diciembre de 2023. La relación de entidades y el número de SASEM activos a dicha fecha figuran en el Anexo.2. No podrán ser beneficiarias las entidades que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. La subvención financiará los costes salariales y la cotización a la Seguridad Social de las personascontratadas.
2. Únicamente se entenderá como coste salarial la remuneración por la prestación del servicio, con exclusión de dietas, indemnizaciones y suplidos, retribuciones de vacaciones no disfrutadas u otras percepciones no salariales.
3. No resultarán subvencionables los días en que la persona trabajadora se encuentre en situación de
incapacidad por enfermedad o accidente, o disfrutando de permisos de maternidad o paternidad.
4. El importe de la subvención concedida no determinará el coste salarial y de Seguridad Social de las personas contratadas, cuyas retribuciones se fijarán de acuerdo con la normativa que legal o convencionalmente resulte de aplicación en cada entidad beneficiaria.
Documentos asociados
Boletín:
18/06/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9873
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
24/10/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9964
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9964
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Boletín:
24/10/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9964
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento
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