Subvenciones destinadas a la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU, en el año 2024, Programa ÚNICO-BONO SOCIAL.

Código de ayuda:

S18400/24

Norma:

Orden FOM/16/2024, de 9 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2024 o hasta el agotamiento de los fondos.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar las subvenciones, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la emisión de bonos de conectividad digital (bonos digitales) para colectivos vulnerables que residan en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha o el mantenimiento de los ya contratados desde una ubicación fija con una velocidad mínima de 30 Mbps en sentido descendente en condiciones de máxima demanda con la tecnología más adecuada en cada caso para personas o unidades familiares identificadas como vulnerables según se determina en el artículo quinto de esta Orden.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio, y Medio Ambiente. (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios del bono digital las personas físicas de unidades familiares identificadas como colectivos vulnerables. A tales efectos, para que una unidad familiar pueda ser considerada colectivo vulnerable, a los efectos exclusivos de este programa de ayuda, deberá cumplir alguno de los requisitos siguientes:

Tener reconocida la condición de perceptor de la Renta Social Básica. Lo anterior debidamente acreditado mediante la presentación de la resolución correspondiente.

Tener reconocida la condición de perceptor del Ingreso Mínimo Vital. Lo anterior, debidamente acreditado mediante la presentación de la resolución correspondiente.

En todo caso, de conformidad con el artículo 15 del Real Decreto 989/2021 modificado por Real Decreto 521/2024 todas las personas que tengan reconocida la condición de perceptor del Ingreso Mínimo Vital serán automáticamente calificados de oficio como personas integrantes de los colectivos vulnerables mediante la presentación de la resolución que reconoce tal condición. Igualmente ocurrirá con las personas que tengan reconocida la condición de perceptor de la Renta Social Básica.

En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios de las ayudas, aquellos en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, ni las establecidas en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, en cuanto les resulten de aplicación. A tal efecto, junto con la solicitud de ayuda, se suscribirá una declaración responsable que acredite no tener pendiente obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas o, en su caso, el cumplimiento de las mismas. Asimismo, junto a la solicitud, se autorizará al órgano administrativo concedente la consulta a la información de la Administración tributaria o de la Seguridad Social en relación con el cumplimiento de las obligaciones correspondientes, salvo oposición expresa de estos, en cuyo caso, deberá aportar los certificados actualizados.

Serán de aplicación los requisitos para obtener la condición de beneficiario establecidos en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

En relación con las obligaciones de los beneficiarios, será de aplicación el artículo 13 de la ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 16/08/2024
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 158
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín: 16/08/2024
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 158
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento