Subvenciones destinadas a la elaboración de instrumentos de ordenación o gestión forestales, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en el marco del Plan de desarrollo rural de Galicia 2014-2020.- Convocatoria 2018.
Código de ayuda:
S04128/18Norma:
ORDEN de 28 de diciembre de 2017. ORDEN de 19 de septiembre de 2018. ORDEN de 15 de noviembre de 2018.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de marzo de 2018.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la elaboración de instrumentos de ordenación o gestión forestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en el marco del PDR de Galicia 2014-2020.Al mismo tiempo, se procede a realizar la convocatoria de subvenciones correspondiente al año 2018.
Para ello, serán subvencionables:
1. Se establecen siete líneas de subvenciones:
a) Línea 1. Para instrumentos sujetos a aprobación del órgano forestal de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la submedida 8.31. Engloba:
1ª. Línea 1-Sofor. Reservada a solicitudes realizadas por sociedades de fomento forestal.
2ª. Línea 1-Común. Reservada al resto de solicitantes.
b) Línea 2. Para instrumentos sujetos a aprobación del órgano forestal de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la submedida 8.50. Engloba:
1ª. Línea 2-Sofor. Reservada a solicitudes realizadas por sociedades de fomento forestal.
2ª. Línea 2-Común. Reservada al resto de solicitantes.
c) Línea 3. Para instrumentos sujetos a aprobación del órgano forestal de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la submedida 8.60. Engloba:
1ª. Línea 3-Sofor. Reservada a solicitudes realizadas por sociedades de fomento forestal.
2ª. Línea 3-Común. Reservada al resto de solicitantes.
d) Línea 4. Para documentos de adhesión expresa a referentes de buenas prácticas y a los modelos silvícolas o de gestión forestal orientativos, a través de la submedida 8.60.
2. A través de las líneas 1, 2 y 3 (procedimiento MR462B) podrán recibir subvenciones las personas propietarias que gestionen directamente sus montes, las titulares de derechos sobre el monte (ya sea por arrendamientos o contratos plurianuales con la propiedad) y las responsables de la gestión de terrenos forestales para elaborar, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.a) y b) del Decreto 52/2014:
a) Proyectos de ordenación.
b) Documentos simples de gestión.
c) Documentos compartidos de gestión.
Los instrumentos cuya elaboración se financie con estas subvenciones no podrán, para el conjunto del monte, aumentar la superficie ocupada por masas de eucaliptos; tampoco podrán, para el conjunto del monte, aumentar la superficie ocupada por masas de Eucalyptus nitens.
3. Las subvenciones del apartado anterior podrán financiar los siguientes conceptos:
a) Redacción del instrumento de ordenación o gestión forestal, incluyendo la realización del inventario de los recursos y servicios forestales necesario para la redacción de proyectos de ordenación.
b) Redacción del estudio de impacto ambiental o documento ambiental asociado al procedimiento simplificado, según corresponda, si fuera obligatorio someter el instrumento a una evaluación de impacto ambiental de proyectos ordinaria o simplificada conforme a lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
c) La instalación del cartel identificativo de la subvención concedida.
4. A través de la línea 4 (procedimiento MR462C) podrán recibir subvenciones para comunicar, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Decreto 52/2014, documentos de adhesión expresa a referentes de buenas prácticas y a los modelos silvícolas o de gestión forestal orientativos:
a) Las asociaciones forestales formalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de Galicia.
b) Los grupos de certificación de gestión forestal formalmente constituidos que tengan la consideración de pyme, microempresa o pequeña o mediana empresa, tal y como se define en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión.
Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Asociacionismo y Voluntariado
- Desarrollo Rural
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería del Medio Rural (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las subvenciones de las líneas 1, 2 y 3 las sociedades de fomento forestal, las personas propietarias particulares de forma individual, las asociaciones de personas propietarias particulares legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Xunta de Galicia, las cooperativas agrarias, los montes proindivisos, los montes de varas, abertales, de voces, de vocerío y fabeo, los montes de socios, las comunidades de bienes, otras personas jurídicas y las comunidades de montes vecinales en mano común.Podrán solicitar las subvenciones de la línea 4:
a) Las asociaciones de personas propietarias forestales e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de Galicia.
b) Los grupos de certificación de gestión forestal que tengan la consideración de pyme microempresa o pequeña o mediana empresa tal y como se define en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión.
Documentos asociados
Boletín:
24/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 17
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 17
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
24/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 17
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
24/09/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 182
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 182
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Boletín:
19/11/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 220
Documento: Modificación bases Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 220
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