Subvenciones destinadas a la extension de banda ancha y fomentar la Sociedad de la Informacion en Entidades Locales de Cantabria consideradas areas con riesgo de exclusion digital.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S36173/13

Norma:

Orden INN/19/2013, de 18 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar para el año 2013 la convocatoria de subvenciones, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a promover la extensión de banda ancha y fomentar la Sociedad de la Información en las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria consideradas en riesgo de exclusión digital, en donde deberán desarrollarse las actuaciones a que se refi ere el artículo 6 de esta Orden.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención no podrá exceder del 80 % de la inversión realizada (IVA incluido),
con un máximo de hasta 10.000 euros por municipio.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria consideradas en riesgo de exclusión digital. A los efectos de esta Orden se considera como tal a la zona de Liébana, integrada por los municipios de Tresviso, Cillorigo de Liébana, Camaleño, Potes, Cabezón de Liébana, Vega de Liébana y Pesaguero.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones a desarrollar en los años 2013- 2014, para el despliegue de las Infraestructuras de Telecomunicación necesarias para la extensión de los servicios de Banda Ancha y de fomento de la Sociedad de la Información en los municipios establecidos en el artículo 1 y 5 de la presente Orden, considerados en riesgo de exclusión digital. Estas infraestructuras deberán proporcionar los servicios de Internet de Banda Ancha, con criterios de neutralidad tecnológica.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de benefi ciarias las entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 26/09/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 185
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento