Subvenciones destinadas a la financiación de las inversiones del componente 23 «nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas».
Código de ayuda:
S68264/21Norma:
ORDEN EEI/1634/2021, de 23 de diciembre.Plazo de Solicitud:
A determinar en la correspondiente convocatoria.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 5.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar las inversiones «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimientoy microempresas», de acuerdo con la dotación presupuestaria asignada a tal fin.
Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Empleo
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Empleo e Industria (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención será máximo de 5.000 euros por beneficiario y su determinación se realizará conforme a los módulos que se establezcan en la convocatoria, de conformidad con los artículos 76 a 79 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
Detalle beneficiarios:
a) Aquellos trabajadores autónomos personas físicas que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, que tengan al menos un centro de trabajo en Castilla y León, que no cuenten con más de diez trabajadores asalariados, y que tuvieran un volumen de negocio inferior a dosmillones de euros.
b) Las cooperativas y sociedades laborales que desarrollen su actividad empresarial en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León y que tengan al menos un centro de trabajo en esta comunidad. En el caso de las cooperativas, deberán haber optado por la modalidad de asimilados a personas trabajadoras por cuenta ajena, a los efectos de la Seguridad Social.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La actividad subvencionada conllevará la realización por la entidad beneficiaria de una iniciativa consistente en el mantenimiento del empleo de aquellos trabajadores que tuviera contratados en el momento de solicitar la subvención en un centro de trabajo ubicado en Castilla y León, durante al menos seis meses desde la concesión de la subvención. En el caso de las cooperativas y sociedades laborales, deberán mantener durante el mismo plazo a los socios-trabajadores o de trabajo que estuvieran en alta en su centro de trabajo ubicado en Castilla y León en el momento de solicitar la subvención.Requisitos:
a) Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o estar legalmente constituida como cooperativa o sociedad laboral, a fecha de presentación de solicitud.b) Tener el domicilio fiscal en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.
c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
d) Cumplir la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, conforme el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, o la no sujeción a la misma o en su caso la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los
trabajadores con discapacidad.
Documentos asociados
Boletín:
28/12/2021
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 249
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 249
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento