Subvenciones destinadas a la financiación de los Programas de Atención a las Familias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.

Código de ayuda:

S27291/24

Norma:

RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2024. ORDEN de 15 de septiembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de enero de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 56

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente resolución es la aprobación de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de los Programas de Atención a las Familias (en adelante PAF) para la anualidad 2025, cuyos aspectos técnicos y metodológicos son regulados por el Decreto 74/2022, de 15 de junio, por el que se regulan los Programas de Atención a las Familias en Extremadura.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Salud y Servicios Sociales (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para cada municipio la cantidad subvencionada para la anualidad 2025 asciende a 55.651,32 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

a) Las mancomunidades integrales, constituidas al amparo de la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura y, en su caso, aquellas que hayan iniciado el procedimiento para su calificación como Mancomunidad Integral a la fecha de la publicación de esta resolución de convocatoria.

b) Las mancomunidades que, no ostentando la calificación de integrales, gestionen los servicios sociales de atención social básica, siempre que la mitad más uno de los municipios que las integren no pertenezcan al mismo tiempo a una mancomunidad integral.

c) Los municipios que cuenten con una población superior a 10.000 habitantes, de acuerdo con los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de la publicación de esta resolución de convocatoria de subvenciones

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura.

b) Acreditar que no se hallan incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2º del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.

Documentos asociados

Boletín: 20/09/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 181
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/12/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 242
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 16/12/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 242
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento