Subvenciones destinadas a la financiación del Programa Público Mixto de Empleo-Formación de Castilla y León, desarrollado a través de la modalidad de programas experienciales de empleo y formación.
Código de ayuda:
S18500/24Norma:
ORDEN IEM/821/2024, de 13 de agosto. Resolución de 29 de agosto de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 17 de septiembre de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones concedidas en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación del Programa Público Mixto de Empleo-Formación, desarrollado a través de la modalidad de programas experienciales de empleo y formación, en el territorio de Castilla y León.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Corporaciones Locales
- Empleo
- Formación
- Juventud
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente orden y promover los programas experienciales de empleo y formación en el ámbito territorial de Castilla y León, las siguientes:a) Entidades y corporaciones locales, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a las mismas, contempladas en la Ley 1/1998, de 4 de junio, de normas reguladoras del Régimen Local de Castilla y León, y en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.
b) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, entre cuyos fines estén la formación y el empleo, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar e inscritas en el correspondiente registro público.
Requisitos:
a) En el caso de que sean entidades y corporaciones locales, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a las mismas:– Ser competentes para llevar a cabo la ejecución de las correspondientes obras o servicios de utilidad pública o interés general y social, propuestos en el proyecto de desarrollo de los programas experienciales de empleo y formación, y el ámbito de la realización de dicha obra o servicio no ha de exceder del ámbito territorial de su competencia.– Disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes.
b) En el caso de que sean asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro:
– La ejecución de las obras o servicios de utilidad pública o interés general y social, propuestos en el proyecto de desarrollo de los programas experienciales de empleo y formación, ha de corresponder con el objeto y fines establecidos en sus estatutos.
– Disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes.
Documentos asociados
Boletín:
20/08/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 161
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
02/09/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 170
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín:
02/09/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 170
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
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