Subvenciones destinadas a la financiación del Programa Público Mixto de Empleo-Formación de Castilla y León, desarrollado a través de la modalidad de programas experienciales de empleo y formación.

Código de ayuda:

S18500/24

Norma:

ORDEN IEM/821/2024, de 13 de agosto. Resolución de 29 de agosto de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones concedidas en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación del Programa Público Mixto de Empleo-Formación, desarrollado a través de la modalidad de programas experienciales de empleo y formación, en el territorio de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente orden y promover los programas experienciales de empleo y formación en el ámbito territorial de Castilla y León, las siguientes:

a) Entidades y corporaciones locales, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a las mismas, contempladas en la Ley 1/1998, de 4 de junio, de normas reguladoras del Régimen Local de Castilla y León, y en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

b) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, entre cuyos fines estén la formación y el empleo, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar e inscritas en el correspondiente registro público.

Requisitos:

a) En el caso de que sean entidades y corporaciones locales, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a las mismas:– Ser competentes para llevar a cabo la ejecución de las correspondientes obras o servicios de utilidad pública o interés general y social, propuestos en el proyecto de desarrollo de los programas experienciales de empleo y formación, y el ámbito de la realización de dicha obra o servicio no ha de exceder del ámbito territorial de su competencia.

– Disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes.

b) En el caso de que sean asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro:

– La ejecución de las obras o servicios de utilidad pública o interés general y social, propuestos en el proyecto de desarrollo de los programas experienciales de empleo y formación, ha de corresponder con el objeto y fines establecidos en sus estatutos.

– Disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes.

Documentos asociados

Boletín: 20/08/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 161
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/09/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 170
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín: 02/09/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 170
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento