Subvenciones destinadas a la formacion profesional de las personas que trabajan en el sector agricola, establecidas en la Seccion 1ª del Capitulo II de las bases reguladoras de la concesion de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el periodo de programacion 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010.- Convocatoria anticipada 2013.
Código de ayuda:
S46328/10Norma:
ORDEN de 14 de julio de 2010. ORDEN de 10 de febrero de 2010. ORDEN de 1 de abril de 2011. ORDEN de 3 de septiembre de 2012. ORDEN de 20 de diciembre de 2012. ORDEN de 23 de enero de 2013.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 28 de febrero de 2013.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar de manera anticipada para el año 2013, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dicho ejercicio, las subvenciones destinadas a la formación profesional de las personas que trabajan en el sector agrícola, establecidas en la Sección 1ª del Capítulo II, de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, aprobada mediante Orden de 10 de febrero de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (BOC nº 37, de 23.2.10).Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Formación
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención podrá alcanzar hasta el 100% de los importes de los gastos que se señalan a continuación, sin que puedan superar las cuantías que en relación con dichos gastos se indican:a) Gastos derivados del coste del profesorado que imparte el curso:
- Técnicos: 80 euros/hora.
- Profesores de Universidad: 110 euros/hora.
- Profesionales del sector de reconocido prestigio con más de 15 años de experiencia: 170 euros/hora.
b) Gastos derivados de dietas del profesorado que imparte el curso: máximo de 37,40 euros/día, y únicamente por el número de días que requiera su intervención en el curso.
c) Gastos derivados de alojamiento del profesorado que imparte el curso: máximo de 67,97 euros/día, y únicamente por el número de días que requiera su intervención en el curso.
d) Gastos derivados de material didáctico y documental necesario para la impartición del curso: máximo por curso de 10 euros/alumno.
e) Gastos derivados de material de difusión y expedición de certificados: máximo de 300 euros/curso.
f) Gastos derivados de la asistencia del alumno a la parte práctica del curso, cuando ésta se celebre en isla distinta a aquella en la que se desarrolla la parte teórica:
- Desplazamiento en transportes colectivos: hasta el 75% del importe de los mismos.
- Alojamiento: hasta 50 euros/día por el número de días necesarios para la realización de la práctica del curso.
Dichos gastos no podrán superar el 25% del coste total del curso.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos, las mancomunidades o agrupaciones de municipios, las organizaciones profesionales agrarias, entidades asociativas agrarias y federaciones de éstas, y otras asociaciones agrarias sin ánimo de lucro, cualquiera que sea la forma jurídica de constitución que adopten, que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Cursos orientados a la mejora de las técnicas productivas, dirigidos a favorecer la modernización y adaptación de las explotaciones y empresas agroalimentarias a los nuevos retos competitivos.b) Cursos orientados a la mejora medioambiental, bienestar animal, trazabilidad, seguridad alimentaria y laboral, así como a la formación en prácticas de gestión forestal sostenible; con el objetivo de favorecer la sostenibilidad de las empresas agrarias del medio natural en el que se asientan.
Requisitos:
a) Que celebren los cursos con posterioridad a la solicitud de subvención.b) Que los cursos estén dirigidos a personas adultas que trabajan en el sector agrario.
c) Que los cursos tengan una duración mínima de 20 horas lectivas por curso.
d) Que los cursos estén homologados por la Dirección General de Desarrollo Rural, en base a lo previsto en la Orden de 9 de febrero de 1999, por la que se regula la homologación de cursos de formación agraria para la obtención de la cualificación profesional agraria (BOC nº 21, de 17.2.99).
e) Que los cursos se impartan en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
f) Que el 25% de la actividad formativa esté vinculada con temas ambientales. Asimismo dicha actividad deberá integrar en cada uno de los cursos de preparación o formación un módulo.
g) Que no se trate de cursos de preparación o formación que formen parte de los programas o sistemas normales de educación agrícola de la enseñanza secundaria o superior.
h) Que no este incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
i) Que no haya solicitado ni recibido ayudas para la misma actividad de otros instrumentos financieros comunitarios, en particular, del Fondo Social Europeo (F.S.E.).
j) Que esté dado de alta de terceros en el Sistema Económico Financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias (S.E.F.C.A.N.).
k) Que lleven a cabo un programa de formación que aborde, como mínimo, alguno de los siguientes
aspectos:
- Genética.
- Manejo de la explotación en los aspectos: reproductivos, de diseño, infraestructura, sanidad y Alimentación animal.
- Gestión económica de las explotaciones.
- Gestión adecuada de residuos y subproductos ganaderos y adaptación a la normativa medioambiental.
- Productos ganaderos de calidad.
- Identificación y trazabilidad de los productos de calidad.
- Comercialización de los productos de calidad.
- Formación en materia de bienestar animal en las explotaciones y en el transporte.
- Incorporación a la actividad agraria.
- Buenas condiciones agrarias y agroambientales definidas en el anexo II del Real Decreto 486/2009, de 3 de abril.
- Gestión sostenible de los recursos naturales y de multifuncionalidad.
Documentos asociados
Boletín:
23/02/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 37
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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26/07/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 145
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
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12/04/2011
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 74
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
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24/09/2012
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 187
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
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28/12/2012
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 253
Documento: Convocatoria Anticipada 2013 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
28/01/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 18
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento
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