Subvenciones destinadas a la instalacion de jovenes agricultores, a las inversiones colectivas y a la modernizacion de las explotaciones agricolas.
Código de ayuda:
S34673/08Norma:
ORDEN de 5 de mayo de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 13/06/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las normas que han de regir con carácter general las subvenciones destinadas a la instalación de jóvenes agricultores, a las inversiones colectivas y a la modernización de las explotaciones agrícolas.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Desarrollo Rural
Medio Ambiente y Energía
Otras
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/5.png)
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Para obtener las subvenciones que se convocan deberá reunirse por los peticionarios los requisitos generales que se especifican a continuación:a) Ser personas físicas y jurídicas titulares de explotación agrícola ubicadas en el ámbito territorial
de la Comunidad Autónoma de Canarias. Cuando el titular sea una persona jurídica debe tener como actividad principal la agraria.
b) Comprometerse a no enajenar o ceder los bienes construidos o adquiridos con la ayuda de estas subvenciones, que tengan la consideración de activos fijos inventariables, en el plazo no inferior de cinco años y a mantener la actividad agraria durante dicho período contado desde la aprobación de la subvención.
c) Realizar las inversiones subvencionadas en la parcelas y subparcelas catastrales indicadas en la solicitud.
d) Que las inversiones objeto de subvención no se destinen a aumentar una producción para la que no
pueda encontrarse salida normal al mercado. Para ello se tendrán en cuenta el producto de que se trate, el
tipo de inversión y la capacidad actual y prevista. En todo caso, deberá tenerse en cuenta cualquiera restricción de la producción o limitación de la ayuda comunitaria impuesta en virtud de las organizaciones
comunes de mercado.
e) En el supuesto que las subvenciones para invernaderos, no destinar éstos al cultivo de plátanos.
f) En el caso de inversiones en el sector del plátano, la parcela objeto de la inversión debe estar inscrita en el Registro de las Organizaciones de Productores de Plátanos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, con una antigüedad mínima de tres años. No obstante lo dispuesto anteriormente, la superficie que sea consecuencia de un traslado por la expropiación para realizar un equipamiento de interés general o a las que se les haya asignado una cantidad de referencia que provenga de la reserva de derechos, según lo previsto en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias: I.6 Ayudas a los Productores de Plátano, solo tendrán que estar inscrita en el año de la convocatoria o en el plazo que establezca la Resolución de concesión.
g) Que el presupuesto aprobado sea superior a 1.800,00 euros.
h) Estar dado de alta como tercero en el Plan Informático Contable de la Comunidad Autónoma de
Canarias (P.I.C.C.A.C.).
Documentos asociados
Boletín:
13/05/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 95
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 95
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
26/05/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 104
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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