Subvenciones destinadas a la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y a la promoción de empleo autónomo para trabajadores con discapacidad para el año 2006. Y modificaciones.
Código de ayuda:
S19600/06Norma:
ORDEN EYE/1004/2006, de 14 de junio. ORDEN EYE/1469/2006, de 18 de septiembre.Plazo de Solicitud:
27 de octubre de 2006 para el Programa I y el Programa II (consultar excepción). 30 de septiembre de 2006 para el Programa III.Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. Financiar parcialmente proyectos que generen empleos para trabajadores discapacitados desempleados, bien sea para proyectos de creación de Centros Especiales de Empleo, bien para proyectos de ampliación de plantilla de Centros Especiales de Empleo puestos en funcionamiento.2. Ayudar al mantenimiento de puestos de trabajo de discapacitados en los Centros Especiales de Empleo.
3. Financiar aquellos proyectos empresariales de trabajadores discapacitados que pretenden constituirse como trabajadores autónomos.
Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Empleo
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario por trabajador contratado, de 250 euros/mes (3.000 euros año) durante toda la vigencia del contrato, enel caso de contrataciones indefinidas. La misma bonificación se disfrutará en el supuesto de transformación en indefinidos de los contratos temporales de fomento de empleo de personas con discapacidad o de transformación en indefinidos de los contratos formativos suscritos, con trabajadores con discapacidad.
Cuando se trate de la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad, con especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo, procedentes de enclaves laborales, la bonificación a que tendrá derecho la empresa colaboradora será de 266,67 euros/mes (3.200 euros/año) durante toda la vigencia del contrato.
En el caso de que las personas con discapacidad sean contratadas mediante el contrato temporal de fomento de empleo la bonificación ascenderá a 183,33 euros/mes (2.200 euros/año), durante toda la vigencia del contrato.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Programa I: Proyectos generadores de empleo estable para trabajadorescon discapacidad en centros especiales de empleo:
Podrán acceder a estas subvenciones, siempre que se cumplan las condiciones y requisitos establecidos en la presente Orden y en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones publicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo, los centros especiales de empleo, que figuren inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de esta Comunidad y que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Programa II: Mantenimiento de puestos de trabajo en centros especiales de empleo:
Podrán acceder a estas subvenciones, siempre que se cumplan las condiciones y requisitos establecidos en la presente Orden y en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo, los centros especiales de empleo, que figuren inscritos en el Registro de centros especiales de empleo de esta Comunidad, que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Programa III: Promoción del empleo autónomo de trabajadores discapacitados desempleados dirigidos a financiar inversiones en capital fijo para proyectos empresariales:
Podrán acogerse a las subvenciones contempladas en la presente convocatoria, siempre que se cumplan las condiciones y requisitos establecidos en la presente Orden y en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo, las personas con discapacidad desempleados que figuren inscritas en el Servicio Público de Empleo correspondiente.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se convocan subvenciones dirigidas a la inserción laboral de personas con discapacidad para el año 2006 que se concretan en los siguientes programas:Programa I: Proyectos generadores de empleo estable para trabajadores discapacitados en Centros Especiales de Empleo.
Programa II: Mantenimiento de puestos de trabajo de discapacitados en centros especiales de empleo.
Programa III: Promoción del empleo autónomo para trabajadores discapacitados.
Requisitos:
No se admitirán las contrataciones estables para trabajadores con discapacidad de fecha anterior a la solicitud, salvo las contrataciones realizadas entre el 2 de enero de 2006 y el 22 de junio de 2006.Las bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social que se vinieran disfrutando por los contratos celebrados con anterioridad al 1 de julio de 2006 se regirán por la normativa vigente en el
momento de su celebración o, en su caso, en el momento de iniciarse el disfrute de la bonificación. Sin perjuicio de que a dichos contratos les será de aplicación lo establecido en el Art. 8 del Real Decreto-Ley 5/2006, de 9 de junio, para la mejora del crecimiento del empleo.
Documentos asociados
Boletín:
21/06/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 119
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
25/09/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 185
Documento: Modificación Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 185
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