Subvenciones destinadas a la mejora de la produccion y comercializacion de los productos de la apicultura en Canarias, previstas en el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, que regula el regimen de ayudas a la apicultura en el marco del Programa Nacional de Medidas de ayuda a la Apicultura para el trienio 2011-2013.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S34428/11

Norma:

ORDEN de 8 de junio de 2011. Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo. ORDEN de 7 de junio de 2012. ORDEN de 1 de abril de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/05/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2013, las subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura en Canarias, previstas en el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco del Programa Nacional de Medidas de Ayuda a la Apicultura para el trienio 2011-2013.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Contratos de técnicos y adquisición de medicamentos para el control de la varroasis, 70% de la dotación presupuestaria.

b) Racionalización de las trashumancias, el 20%.

c) Para el resto de las actuaciones el 10%.

Dentro del crédito disponible la cuantía individualizada se determinará en proporción al número de colmenas con las limitaciones siguientes:

a) Para la prestación de información y asistencia técnica a los apicultores:

- Contratos y/o acuerdos con veterinarios hasta el 80% y con un máximo de 0,35 euros por colmena incluida en el programa.

- La edición de folletos y material destinado a los apicultores hasta el 50% de gasto subvencionable y con un máximo de 0,15 euros por colmena incluida en el programa.

b) Para la lucha contra la “varroasis”, se podrá subvencionar hasta el 80% del gasto subvencionable y un máximo de 4,05 euros por colmena.

c) Para la racionalización de las trashumancias, se podrá subvencionar hasta el 40% del gasto subvencionable y con un máximo de 0,30 euros por colmena incluida en el programa.

d) Para el apoyo al análisis de la miel, se podrá subvencionar hasta el 50% del gasto subvencionable y con un máximo de 0,15 euros por colmena incluida en el programa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones apícolas en Canarias que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Asistencia técnica a los apicultores y a las agrupaciones de apicultores a través de:

1. Contratación de servicios veterinarios para el control sanitario de las colmenas.

2. Sistemas de divulgación técnica mediante la edición de folletos, publicaciones y material
audiovisual destinado a los apicultores asociados.

b) Lucha contra la varroasis, a través de:

1. Tratamientos quimioterápicos contra varroasis, autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios.

2. Tratamientos contra varroasis autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios. Compatibles con la apicultura ecológica.

3. Dotación a las colmenas de fondos cazavarroas.

c) La racionalización de las trashumancias, mediante la suscripción o renovación, en su caso, de pólizas de seguros por daños propios y responsabilidad civil, siempre que las pólizas no contemplen garantías incluidas en el sistema de Seguros Agrarios Combinados.

d) El apoyo al análisis de la miel: mediante la realización de convenios o contratos de
servicios de análisis de las características físico-químicas de la miel destinados al control de calidad de la misma.

Requisitos:

a) Ser titular de una explotación apícola en la Comunidad Autónoma de Canarias, correctamente
inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias, y sus datos debidamente actualizados, con fecha anterior al 1 de marzo de 2013 según lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas.

b) Realizar las actividades e inversiones subvencionables desde el 1 de septiembre de 2012 y hasta el 31 de agosto de 2013, ambos inclusive.

c) No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Cuando la subvención se solicite por una persona jurídica se requerirá que la realización
de la actividad subvencionada tenga cabida dentro del objeto o fines sociales de la misma.

Asimismo para poder acogerse a estas ayudas los apicultores deberán, de conformidad con lo establecido en el Programa Nacional:

a) Realizar al menos un tratamiento al año frente a la varroasis, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 608/2006, de 19 de mayo, por el que se establece y regula un
Programa nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel.

b) Disponer de un seguro de responsabilidad civil.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 74
Documento: REAL DECRETO 519/1999, de 26 de marzo. Descargar Documento
Boletín: 16/06/2011
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 118
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 15/06/2012
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 117
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 18/04/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 74
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento