Subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras de produccion de las explotaciones agrarias - Convocatoria 2009. -Modificación - Modificación.
Código de ayuda:
S16819/09Norma:
AYG/537/2009, de 3 de marzo. ORDEN AYG/583/2009, de 11 de marzo. ORDEN AYG/1546/2009. ORDEN AYG/2109/2009, de 4 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/06/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones, destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias de la Comunidad de Castilla y León, cuya convocatoria y concesión es competencia de la Consejería de Agricultura y Ganadería.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Desarrollo Rural
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar Artículos 7, 12, 18, 21, 24.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Consultar Artículos 5, 9, 16, 19, 22.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Consultar Artículos 6, 11, 17, 20, 23.Requisitos:
a) Ser titular de una explotación agraria, conforme a lo definido en los puntos 2, 3 y 4 del artículo 3.b) Presentar un plan de mejora de su explotación conforme a lo señalado en el punto 9 del artículo 3.
c) Comprometerse a ejercer la actividad agraria y al mantenimiento de las inversiones en la explotación objeto de la ayuda durante al menos cinco años contados desde la fecha de la concesión de la misma.
d) Acreditar su viabilidad económica conforme a lo definido en el punto 17 del artículo 3.
e) Cumplir las normas comunitarias aplicables a las inversiones de que se trate, incluidas las normas mínimas medioambientales de higiene y bienestar de los animales.
f) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y con la Seguridad Social.
g) No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
h) Si el solicitante es una persona física, jurídica o una comunidad de bienes, que tenga la consideración de empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de los criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, deberá acreditar el cumplimiento de la normativa de para la integración laboral de las personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o, en su caso, la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. La acreditación del cumplimiento de este requisito se justificará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 75/2008, en la Orden de convocatoria y en la resolución de concesión.
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