Subvenciones destinadas a la promocion de actividades de dinamizacion del comercio en la ciudad de Palma.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S12973/15

Norma:

Palma, 16 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones, dentro de los límites presupuestarios previstos, a favor de aquellas entidades que lleven a cabo actividades relacionadas con la promoción y la dinamización del comercio y de los distintos sectores de actividad en el término municipal de Palma.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de subvención que se puede otorgar para cada actividad es del 80% del presupuesto aprobado de la actividad con un máximo de 3.000€.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de comerciantes, asociaciones de restauradores, asociaciones sectoriales y a entidades o agrupaciones de comercio y de comerciantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de actividades para la promoción y la animación comercial y de fomento del consumo -entendidos como acciones de mejora del atractivo de la oferta comercial de una área determinada del municipio o una actividad económica sectorial de empresas domiciliadas en Palma-, que estén adaptadas a las necesidades, demandas, tendencias y los hábitos de consumo actuales y basados en un plan o proyecto de dinamización.

Son subvencionables los proyectos de dinamización sectorial para la promoción, el fomento del consumo y conocimiento del sector por los consumidores del concreto sector de actividad de la asociación sectorial solicitante. En todo caso, la actividad presentada a subvención necesariamente ha de repercutir en empresas del sector radicadas en el municipio de Palma y en su dinamismo económico.

Se consideran gastos subvencionables:

- Gastos de organización, con los límites de la presente convocatoria.

- Gastos de realización de las actividades, ya sean propias, como servicios de terceros.

- Publicidad, propaganda y difusión de la actividad.

- Servicios profesionales y honorarios relacionados directamente con la actividad.

- Material y artículos promocionales, catálogos.

- Gastos relativos a premios, sorteos, trofeos, siempre que no sean entregas en metálico.

- Primas de seguros de la actividad.

- Gastos de mantenimiento, seguridad y limpieza allí donde se desarrolle la actividad.

- Otros gastos que sean necesarios para llevar a cabo la actividad.

Documentos asociados

Boletín: 21/03/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 40
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento