Subvenciones destinadas a la promocion de actividades de dinamizacion del comercio en la ciudad de Palma.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S12973/15Norma:
Palma, 16 de marzo de 2015.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones, dentro de los límites presupuestarios previstos, a favor de aquellas entidades que lleven a cabo actividades relacionadas con la promoción y la dinamización del comercio y de los distintos sectores de actividad en el término municipal de Palma.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Comercio
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de subvención que se puede otorgar para cada actividad es del 80% del presupuesto aprobado de la actividad con un máximo de 3.000€.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones de comerciantes, asociaciones de restauradores, asociaciones sectoriales y a entidades o agrupaciones de comercio y de comerciantes.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos de actividades para la promoción y la animación comercial y de fomento del consumo -entendidos como acciones de mejora del atractivo de la oferta comercial de una área determinada del municipio o una actividad económica sectorial de empresas domiciliadas en Palma-, que estén adaptadas a las necesidades, demandas, tendencias y los hábitos de consumo actuales y basados en un plan o proyecto de dinamización.Son subvencionables los proyectos de dinamización sectorial para la promoción, el fomento del consumo y conocimiento del sector por los consumidores del concreto sector de actividad de la asociación sectorial solicitante. En todo caso, la actividad presentada a subvención necesariamente ha de repercutir en empresas del sector radicadas en el municipio de Palma y en su dinamismo económico.
Se consideran gastos subvencionables:
- Gastos de organización, con los límites de la presente convocatoria.
- Gastos de realización de las actividades, ya sean propias, como servicios de terceros.
- Publicidad, propaganda y difusión de la actividad.
- Servicios profesionales y honorarios relacionados directamente con la actividad.
- Material y artículos promocionales, catálogos.
- Gastos relativos a premios, sorteos, trofeos, siempre que no sean entregas en metálico.
- Primas de seguros de la actividad.
- Gastos de mantenimiento, seguridad y limpieza allí donde se desarrolle la actividad.
- Otros gastos que sean necesarios para llevar a cabo la actividad.
Documentos asociados
Boletín:
21/03/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 40
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 40
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento