Subvenciones destinadas a la promoción museística y al desarrollo de actividades museísticas relacionadascon el patrimonio y la difusión cultural.

Código de ayuda:

S09291/06

Norma:

ORDEN de 15 de marzo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden la regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas a:
a) La financiación de actividades concretas relacionadas con la protección y difusión cultural de los museos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) La promoción museística en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá ser superior al 75% del presupuesto total de la actividad a realizar, salvo en el caso de que los beneficiarios sean personas jurídicas públicas en cuyo caso no podrá ser superior al 50%.

En todo caso la cantidad máxima asignada por beneficiario será de 90.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que sean titulares o gestores de museos radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco y realicen las actividades a las que la misma se refiere, así como los promotores de nuevos museos.

A estos efectos se entenderán por museos aquellas instituciones permanentes al servicio de la sociedad y
de su desarrollo, abiertas al público, que investiguen sobre los testimonios de la humanidad y de su entorno,
los adquieran, conserven, los comuniquen y los exhiban con fines de estudio, educación y disfrute.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención las actividades concretas que desarrollen alguna de las siguientes áreas:
a) Renovación de la exposición permanente.
b) Exposiciones temporales.
c) Programación de actividades culturales.
d) Presentación pedagógica de las exposiciones y desarrollo de programas educativos.
e) Adquisición de programas informáticos aceptados por el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco para la gestión museística, así como la migración de los datos a los mismos.
f) Elaboración y/o publicación de catálogos razonados de la colección permanente del museo.
g) Elaboración de la página web y de publicaciones en distintos soportes.
h) Elaboración de estudios de viabilidad, estudios de mercado, análisis de clientes, etc.

Todas las actividades objeto de la presente convocatoria deberán estar finalizadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2006.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 63
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento