Subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas correspondientes a la formación de oferta del ejercicio 2011.- Corrección.
Código de ayuda:
S03846/10Norma:
Orden de 22 de junio de 2009. Resolucion de 11 de enero de 2010. Orden de 10 de marzo de 2011. Resolución de 6 de mayo de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/06/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ofrecer a los trabajadores, tanto ocupados como desempleados, una formación adecuada a las condicionesdel mercado de trabajo que atienda a las necesidades de productividad y competitividad de las empresas y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores, de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y para el acceso al empleo.
Categorías Subvención
- Empleo
- Formación
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
A) PROYECTOS DE FORMACION.1. Programa 1.
Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que estén domiciliadas en la Región de Murcia e inscritas en el registro de entidades de formación del Servicio Regional de Empleo y Formación.
2. Programa 2.
Las personas jurídicas sin ánimo de lucro, que tengan entre sus fines la formación o inserción laboral del colectivo al que se dirige el proyecto, que estén domiciliadas en la Región de Murcia e inscritas en el registro de entidades de formación del Servicio Regional de Empleo y Formación.
B) MEDIDAS DE APOYO A LA FORMACIÓN.
1. Los trabajadores desempleados que participen en las acciones formativas podrán solicitar ayudas en concepto de transporte, manutención y alojamiento.
2. Los trabajadores desempleados con discapacidad que participen en las acciones formativas podrán solicitar becas por asistencia.
3. Los trabajadores desempleados que realicen prácticas profesionales no laborales, reguladas en el artículo 52 de la Orden de bases, podrán percibir una beca por asistencia a dichas prácticas.
4. Los trabajadores desempleados pertenecientes a los colectivos en riesgo de exclusión social o al colectivo de inmigrantes, podrán percibir becas por asistencia a las acciones formativas de los proyectos del programa 2 de la modalidad 3 (formación e inserción socio-laboral).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A) PROYECTOS DE FORMACION. Los proyectos de formación cuya subvención podrá solicitarse en esta convocatoria son los correspondientes a los siguientes programas, pertenecientes a la Modalidad 3:1. Programa 1. Formación y orientación para jóvenes emprendedores, con la finalidad de fomentar el empleo en sectores emergentes y la creación de empresas relacionadas con los mismos. Para ello, se subvencionarán actuaciones de formación de jóvenes emprendedores, desempleados u ocupados, menores de 35 años con interés en la creación de nuevas empresas, así como la celebración de jornadas o seminarios orientados a tal fin.
2. Programa 2. Formación e inserción socio-laboral, con la finalidad de facilitar la integración socio-laboral de trabajadores desempleados pertenecientes a colectivos con especiales dificultades: colectivos en riesgo de exclusión social e inmigrantes. Para ello, se subvencionarán acciones de formación dirigidas a esos
colectivos combinadas con otras acciones que faciliten su inserción.
B) MEDIDAS DE APOYO A LA FORMACIÓN.
Requisitos:
a. No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas. Quedan exceptuadas de la obligación de acreditar este requisito, las administraciones públicas, así como los organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público dependientes de aquellas.b. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
c. Encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas frente a la Tesorería General de la Seguridad Social.
d. Cumplir los restantes requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para poder obtener la condición de beneficiario de la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
26/06/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 145
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
22/01/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 17
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín:
18/02/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 40
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
18/03/2011
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 64
Documento: Modificación Parcial. Descargar Documento
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Boletín:
19/05/2011
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 113
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín:
13/06/2011
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 133
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 133
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