Subvenciones destinadas a la realización de actividades de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Código de ayuda:

S21082/24

Norma:

ORDEN de 1 de octubre de 2024.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Tienen por objeto la realización de actividades destinadas a promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

- Para acciones intersectoriales podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta Orden las organizaciones empresariales y sindicales más representativas a las que se refiere el artículo 12 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.

- Para acciones sectoriales las organizaciones empresariales y sindicales representativas en su ámbito sectorial correspondiente, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por estas y aquellas respectivamente, para la consecución de cualquiera de sus fines, todas ellas en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acciones de información: Serán aquellas que persigan la difusión entre trabajadores y empresarios de los principios de acción preventiva de los riesgos laborales o de las normas concretas de aplicación de tales principios.

b) Acciones de asistencia técnica: Serán aquellas que estén dirigidas al estudio y resolución de problemas, derivados de la aplicación práctica y material de las actuaciones preventivas.

c) Acciones de formación: Consistirán en el diseño de los métodos y de los contenidos de programas que pudieran ser impartidos en sectores y subsectores de la actividad productiva, en especial en aquellos cuya estructura esté constituida fundamentalmente por pequeñas empresas.

d) Acciones de promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales: serán aquellas que fomenten el conocimiento y la aplicación por empresarios y trabajadores de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales en materia de prevención de riesgos laborales en especial a través de mecanismos e instrumentos desarrollados en los ámbitos sectoriales y territoriales de la actividad productiva.

Documentos asociados

Boletín: 03/10/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 108
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento