Subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria.

Código de ayuda:

S24200/24

Norma:

ORDEN de 28 de octubre de 2024.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Aprobar las bases reguladoras que han de regir en las convocatorias para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la realización de proyectos de interés general dirigidas a fines de interés social a desarrollar por entidades del Tercer Sector en la Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la asignación Tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y del Impuesto sobre Sociedades (IRPF, en adelante).

2. Las subvenciones objeto de estas bases reguladoras irán destinadas a cubrir la atención integral a las necesidades sociales básicas de personas en situación de pobreza o exclusión, cualquiera que sea su causa, así como en situaciones de especial vulnerabilidad, derivadas de discriminaciones por razón de sexo, etnia, edad, discapacidad, dependencia, identidad de género, salud y orientación sexual, en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia, y Familia (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención a conceder podrá ser de hasta el 100% del presupuesto que sea aceptado por la Administración, sin que, en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos, pueda superar el coste total de la actuación subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector de acción social en los términos previstos en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, así como Cruz Roja Española y las entidades u organizaciones no gubernamentales de análoga naturaleza.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro administrativo correspondiente al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones en el Boletín Oficial de Canarias.

b) A la fecha de la publicación de la convocatoria tendrán que estar reconocidas por el órgano competente, como entidad colaboradora en la prestación de servicios sociales.

En el caso de entidades que concurran a la Línea de Infancia y Familia, bastará la habilitación como entidad colaboradora de atención integral a menores conforme a lo establecido en el Decreto 130/1999, de 17 de junio, por el que se regula la habilitación de las entidades colaboradoras de atención integral a menores.

c) En el caso de entidades de voluntariado, deberán estar acreditadas como entidad de voluntariado a fecha de publicación de la convocatoria, conforme al Decreto 13/2002, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias, y se modifica el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.

d) Carecer de fines de lucro.

e) Tener recogidos en sus estatutos con, al menos, un año de antelación, fines institucionales adecuados a la finalidad de la subvención y propios para la realización de las actividades consideradas subvencionables, de acuerdo con lo previsto en estas bases.

Aquellas entidades que presenten proyectos en la Línea 11 deberán tener entre sus fines estatutarios la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres y/o la defensa de las mujeres en aquellos ámbitos en que se encuentren discriminadas por razón de sexo y género.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto en la Agencia Tributaria Canaria como estatal, y frente a la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable, así como hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes.

g) Cumplir con las obligaciones que en materia de protección de datos personales impone a la entidad responsable de tratamiento la normativa vigente, tanto el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y sus normas de desarrollo, en particular, en lo relativo a las categorías especiales de datos y al ejercicio de los derechos por las entidades titulares de los mismos.

h) Tener sede o delegación y desarrollar sus actividades de manera real y efectiva en la Comunidad Autónoma de Canarias, a la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones en el Boletín Oficial de Canarias.

Documentos asociados

Boletín: 12/11/2024
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 225
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento