Subvenciones destinadas a la realización de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, dentro de los Programas Nacionales de Tecnologías para la Salud y el Bienestar y de Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2004-2007).
Código de ayuda:
S34555/05Norma:
Bases en ORDEN TAS/1588/2005, de 20 de mayo. RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2005. RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/04/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones económicas para:a) La realización de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, dentro del subprograma «Tecnologías de apoyo a las personas con discapacidad y personas mayores».
b) La realización de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica sobre el envejecimiento y la dependencia, dentro del Programa de Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas.
Los proyectos deberán ajustarse a las áreas temáticas establecidas en el Anexo II de la presente Resolución.
Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
- Recursos Humanos
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima por proyecto subvencionado referido al Subprograma Nacional de Tecnologías de Apoyo a las personas con discapacidad y personas mayores será de 90.000 euros.La cuantía máxima por proyecto subvencionado referido al Programa Nacional de Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas será de 45.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y jurídicas, siempre y cuando no concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Cuando el beneficiario sea una persona jurídica, los miembros asociados de éste, que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención, en nombre
y por cuenta del primero, tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Las prioridades temáticas del subprograma Nacional de Tecnologías de apoyo a las personas con discapacidad y personas mayores son las siguientes:A) Subprograma Nacional de Tecnologías de Apoyo a las personas con discapacidad y personas mayores.
A.1) Productos y servicios para personas con discapacidad y mayores dependientes.
A.2) Tecnologías de apoyo.
A.3) Accesibilidad.
A.4) Diseño para todos.
Líneas de investigación prioritarias en el envejecimiento y la dependencia son las siguientes:
b) Programa Nacional de Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas.
B.1) En relación con el envejecimiento activo y la prevención de la dependencia.
B.2) Sobre necesidades de personas en riesgo o en situación de dependencia y propuestas de intervenciones.
B.3) Sobre la influencia del envejecimiento en aspectos socioeconómicos.
B.4) Sobre aspectos metodológicos relacionados con el envejecimiento.
Conceptos susceptibles de subvención:
Costes directos del proyecto:
a) Gastos de personal dedicado específicamente al proyecto.
b) Gastos de material inventariable y bibliográfico, incluyendo equipamientos científico-técnicos para la realización del proyecto, debidamente justificados.
c) Material fungible necesario para el desarrollo del proyecto.
d) Contratación de trabajos de campo o para cualquier actividad relacionada con la recogida de información.
e) Dietas y gastos de viaje derivados exclusivamente de la ejecución del proyecto o actuación.
f) Otros gastos directos derivados de la ejecución del proyecto, debidamente justificados, que no hayan podido tener cabida en los apartados anteriores.
Costes indirectos:
Gastos asociados al desarrollo del proyecto tales como: agua, luz, calefacción, teléfono, mensajería, límpieza, seguridad, etc.
Los costes indirectos se imputarán por el beneficiario proporcionalmente respecto al resto de las actividades que pudiera desarrollar, de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas, y en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza el proyecto.
En ningún caso podrán superar el 10 por ciento de los gastos directos justificados.
Requisitos:
a) Entidades que tengan finalidad investigadora, científica o tecnológica, legal o estatutaria, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar suficiente.b) Sociedades que pretendan realizar un proyecto de investigación, que tengan personalidad jurídica propia y capacidad de obrar suficiente.
c) Las organizaciones de personas con discapacidad o personas mayores, siempre que participen en consorcio o grupo con una de las anteriores entidades o sociedades.
d) Personas físicas integradas en las plantillas de las entidades mencionadas en el apartado a), cuando presenten proyectos de investigación a través de sus organismos y como expertos investigadores responsables de la ejecución científico-técnica de los mismos.
Documentos asociados
Boletín:
01/06/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
17/06/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 144
Documento: Convocatoria 2005-2006 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 144
Documento: Convocatoria 2005-2006 Descargar Documento
Boletín:
01/07/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 156
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 156
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín:
21/12/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 304
Documento: Modificación Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 304
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
30/03/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 76
Documento: Convocatoria 2006-2007 y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 76
Documento: Convocatoria 2006-2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
25/04/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 98
Documento: Corrección de Errores de la Convocatoria 2006-07 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 98
Documento: Corrección de Errores de la Convocatoria 2006-07 Descargar Documento