Subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Código de ayuda:
S57282/21Norma:
Orden de 3 de noviembre de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta las 15:00 horas del 15 de diciembre de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar proyectos de modernización y digitalización en el ámbito de las administraciones de las entidades locales que se enmarquen en alguna de las líneas estratégicas enunciadas en el artículo 5 de la orden de bases y convocatoria, cuyo contenido está alineado con la Estrategia Digital 2025, el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 y otras acciones de modernización dirigidas al sector público.Las subvenciones se concederán a través de un procedimiento de concurrencia no competitiva, en los términos del artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Política Territorial ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe total máximo de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria es de 92,77 millones de euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Tendrán la consideración de entidades beneficiarias de las ayudas los ayuntamientos de los municipios con población superior a 50.000 habitantes, de acuerdo con las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020, así como los de población inferior que tengan laconsideración de capital de provincia.
Las entidades beneficiarias, podrán agruparse a efectos de desarrollar proyectos que, en el marco de la presente convocatoria, les resulten de interés compartido, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la orden de bases y convocatoria.
Las áreas metropolitanas reguladas en el artículo 43 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, podrán obtener la condición de entidades beneficiarias en los términos que se indican en la disposición adicional tercera de la orden de bases y convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
06/11/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 266
Documento: Bases Reguladoras 2021 y Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 266
Documento: Bases Reguladoras 2021 y Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento