Subvenciones destinadas a las Unidades de Apoyo de los Centros Especiales de Empleo.
Código de ayuda:
S39764/14Norma:
DECRETO 169/2014, de 29 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/01/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
El establecimiento de las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar costes laborales y de Seguridad Social de los trabajadores de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Empleo
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención se establece en 1.200,00 euros anuales por cada trabajador con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía indicado en el artículo 4 de la presente norma, contratado por tiempo indefinido o mediante contrato temporal cuya duración, expresamente fijada en los contratos, en ningún caso podrá ser inferior a seis meses.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los Centros Especiales de Empleo que hayan obtenido su calificación e inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que no se encuentren incursos en alguna causa de descalificación, y cuya plantilla esté compuesta, en todo o parte, por trabajadores discapacitados, con especiales dificultades de inserción, que son a su vez los destinatarios finales de las ayudas, entendiendo como tales aquellos que se encuentran en algunode los siguientes supuestos:
a) Personas con parálisis cerebral, las personas con enfermedad mental o las personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
b) Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los costes laborales y de Seguridad Social de los trabajadores de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.Requisitos:
a) No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 de laLey 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se acreditarán mediante la presentación del Anexo IV. Si el solicitante fuese una comunidad de bienes o una sociedad civil sin personalidad jurídica se deberá aportar una por cada comunero o socio que forme parte de la misma.
b) Disponer de unidades de apoyo a la actividad profesional, que desarrollen las funciones
descritas en el artículo 2 del Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo, y tengan la composición que se establece de acuerdo con los módulos que se indican en la tabla.
Cuando el número de trabajadores con el tipo y grado de discapacidad establecido en el artículo 4 al que se dirige el servicio no se corresponda con los topes de cada tipo de los señalados en el cuadro anterior, el tiempo de dedicación del personal de las unidades de
apoyo, en término de jornada equivalente, será proporcional al número de dichos trabajadores
con discapacidad.
Documentos asociados
Boletín:
04/08/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 149
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 149
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento