Subvenciones destinadas a las Unidades de Apoyo de los Centros Especiales de Empleo para el ejercicio 2010.
Código de ayuda:
S29346/11Norma:
ORDEN de 26 de abril de 2011. DECRETO 16/2010, de 5 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/06/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones dirigidas a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo, destinadas a financiar costes laborales y de Seguridad Social del personal que integra las Unidades de Apoyo durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Empleo
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Igualdad y Empleo (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención se establece en 1.200,00 euros anuales por cada trabajador con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía indicado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Centros Especiales de Empleo que hayan obtenido su calificación e inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el Decreto 48/2004, de 20 de abril, y cuya plantilla esté compuesta, en todo o parte, por trabajadoresdiscapacitados, con especiales dificultades de inserción, que son a su vez los destinatarios finales de las ayudas, entendiendo como tales aquellos que se encuentran en alguno de los siguientes supuestos:
a) Personas con parálisis cerebral, las personas con enfermedad mental o las personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
b) Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán gastos subvencionables los costes laborales y de Seguridad Social a cargo de la empresa de los trabajadores de las Unidades de Apoyo que hayan sido efectivamente abonados durante el periodo por el que se solicita la ayuda.Documentos asociados
Boletín:
11/02/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 28
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 28
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Boletín:
20/05/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 96
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 96
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento