Subvenciones destinadas a las actuaciones de mejora paisajistica de ramblas, paseos y avenidas arboladas de los municipios de Cataluña.
Código de ayuda:
S45891/09Norma:
ORDEN PTO/295/2009, de 5 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 13/08/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Incentivar la realización de actuaciones de mejora paisajística de ramblas, paseos y avenidas arboladas de los municipios de Cataluña, durante los años 2009, 2010 y 2011.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Desarrollo Rural
- Medio Ambiente y Energía
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Política Territorial y Obras Públicas (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de las subvenciones es de 250.000 (doscientos cincuenta mil) euros por actuación, y se determinará de conformidad con los criterios siguientes:Municipios con una población inferior a 5.000 habitantes: la cuantía máxima de la subvención es de hasta el 50% del importe del proyecto.
Municipios con una población entre 5.000 y 20.000 habitantes: la cuantía máxima de la subvención es de hasta el 25% del importe del proyecto.
Municipios con una población superior a 20.000 habitantes: la cuantía máxima de la subvención es de hasta el 10% del importe del proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos de los municipios o agrupaciones de municipios en los cuales se ubiquen las ramblas, paseos y avenidas en los que se tengan que realizar las actuaciones subvencionables.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones de mejora paisajística pueden comprender:La creación, restauración o remodelación de ramblas, paseos y avenidas arboladas en los centros o accesos a los núcleos urbanos.
La creación, restauración o remodelación de ramblas, paseos y avenidas arboladas en las periferias urbanas.
No son subvencionables las actuaciones siguientes:
Las actuaciones cuyo presupuesto de ejecución de contrato sea superior a 1 millón de euros.
Las actuaciones que en el momento de publicación de la convocatoria hayan iniciado la realización de las obras.
Las actuaciones en parques, jardines y plazas.
Documentos asociados
Boletín:
12/06/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5399
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2009 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5399
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2009 Descargar Documento