Subvenciones destinadas a las asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres.

Código de ayuda:

S44700/21

Norma:

ORDEN de 24 de agosto de 2021. Resolución de 22 de marzo de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de abril de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 8.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las bases reguladoras que han de regir el procedimiento de concesión de ayudas para la realización de proyectos relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima a subvencionar por proyecto que reúna los requisitos mínimo exigidos será de 8.000 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las asociaciones, agrupaciones, federaciones de asociaciones de mujeres que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Las retribuciones salariales más las cuotas de cotización a la Seguridad Social que se deriven del personal que la entidad beneficiaria contrate o tenga contratado para el desarrollo de la actividad.

b. Los gastos por desplazamientos de las socias, así como del personal técnico que desarrolle el proyecto serán subvencionables cuando se acredite que corresponden a reuniones inherentes a la actividad para la que se solicita la subvención y estén debidamente justificados. El importe de los mismos, no podrá ser superior al que la Junta de Extremadura establece en el decreto 287/2007, de 3 de agosto, de indemnizaciones por razón de servicio.

c. Material fungible destinado a las actividades del proyecto.

El personal técnico que sea contratado para la realización de las acciones subvencionables deberá estar en posesión del Ciclo Formativo de Grado Superior de Promoción de Igualdad de Género o en su caso formación especializada y/o experiencia acreditada en intervención en material de igualdad y violencia de género, un mínimo de 200 horas de formación especializada en materia de igualdad y violencia de género o 12 meses de experiencia laboral en esta materia.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor de mercado.

Requisitos:

Tener en sus estatutos como finalidad la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades y realizar sus actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Las asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres han de estar inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura al menos un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran.

Las agrupaciones de asociaciones de mujeres habrán de estar constituidas, al menos, por dos asociaciones, y cumplir cada una de ellas los requisitos establecidos en los apartados 1, 2 y 4 de este artículo.

No podrán ser beneficiarias las entidades que incurran en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Sólo se podrá ser beneficiario de estas ayudas, bien como asociación, bien como integrante de agrupaciones, o federaciones de asociaciones de mujeres.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2021
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 169
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 31/03/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 63
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 31/03/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 63
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento