Subvenciones destinadas a las asociaciones de estudiantes sin animo de lucro para el curso academico 2007/2008.
Código de ayuda:
S68564/07Norma:
ORDEN de 27 de septiembre de 2007. Decreto 119/2005, de 7 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/12/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Orden convocar las subvenciones destinadas a las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro durante el curso académico 2007/2008, de acuerdo con lo establecido para esta línea de ayuda en el Decreto 119/2005, de 7 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, sociedad de la información y enseñanza superior.Las subvenciones se regirán por esta convocatoria y por lo previsto en el citado Decreto y en el resto de la normativa estatal o autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía total máxima prevista para esta convocatoria es de cuarenta mil euros (40.000 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 17020 G/4228/480070/91002 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma para el año 2008, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del citado ejercicio.Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada máxima de la subvención a otorgar a una misma actuación subvencionable será de cinco mil euros (5.000 euros).
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actuación.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta Orden las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro que realicen alguna de las actuaciones subvencionables descritas en la presente convocatoria durante el curso académico 2007/2008, se hallen inscritas en la Universidad de Zaragoza y debidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro de la Comunidad Autónoma de Aragón y sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado cuarto de esta convocatoria.No podrán obtener la condición de beneficiario las asociaciones que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en el párrafo anterior.
No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón. Para la acreditación de dichos requisitos, la presentación de la solicitud para la concesión de la subvención por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar tanto los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General como por los órganos de la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de lo que en cada momento disponga la legislación vigente en esta materia.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se considerarán actuaciones subvencionables aquéllas que, desarrollándose durante el curso académico 2007/2008 y teniendo como finalidad la consecución y difusión de los objetivos de calidad, movilidad, diversidad y competitividad propios del Espacio Europeo de Educación Superior y recogidos en la Declaración de Bolonia, así como de los valores de solidaridad y desarrollo sostenible de la sociedad aragonesa vinculados con la cultura, consistan en:a) La elaboración y publicación de estudios y trabajos.
b) La realización de debates.
c) La celebración de jornadas de difusión de los referidos objetivos y valores.
d) La convocatoria de premios que contribuyan a la consecución de dicha finalidad.
e) La organización de cursos o seminarios.
Las actuaciones subvencionables deberán llevarse a cabo en el plazo comprendido entre la fecha de la publicación de la resolución de la concesión y el 15 de julio de 2008.
Se considerarán gastos subvencionables aquéllos directamente derivados de la realización de las actuaciones subvencionadas y que se realicen en el plazo establecido en el apartado segundo.
Documentos asociados
Boletín:
20/06/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 73
Documento: Bases - Decreto 119/2005 Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 73
Documento: Bases - Decreto 119/2005 Descargar Documento
Boletín:
07/11/2007
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 131
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 131
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento