Subvenciones destinadas a las asociaciones humanitarias y de cooperacion al desarrollo.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S37546/11Norma:
Piélagos, 27 de junio de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/08/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el régimen de las subvenciones que convoca el Ayuntamiento de Piélagos destinado al fomento de actuaciones que contribuyan a garantizar el respeto de los derechos humanos, de igualdad de oportunidades y/o que actúen en zonas especialmente deprimidas por causa de guerras o catástrofes naturales, o bien, lleven a cabo actuaciones destinadas a la cooperación al desarrollo en países del tercer mundo.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Piélagos (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En ningún caso, el importe de la subvención individual podrá exceder de 3000 euros o del 50% del presupuesto del proyecto para el que se solicita la subvención.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones que carezcan de ánimo de lucro y lleven a cabo actividades, proyectos o programas objeto de subvención en cualquier parte del mundo, dentro del ejercicio presupuestario en el que sele concedió la subvención, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones que contribuyan a garantizar el respeto de los derechos humanos, de igualdad de oportunidades y/o que actúen en zonas especialmente deprimidas por causa de guerras o catástrofes naturales, o bien, lleven a cabo actuaciones destinadas a la cooperación al desarrollo en países del tercer mundo.Requisitos:
- Estar inscritas en el correspondiente registro público, en el momento de la solicitud, así como tener todos los datos inscritos actualizados.- Tener la sede central o domicilio social en España o delegación en Cantabria.
- Haber justifi cado debidamente subvenciones o ayudas económicas concedidas y percibidas con anterioridad a la presente convocatoria.
- No encontrarse incursa en ninguna de las causas de prohibición para adquirir la condición de beneficiario.
Documentos asociados
Boletín:
07/07/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 130
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 130
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento