Subvenciones destinadas a las organizaciones sindicales con menor representatividad para el fomento del diálogo social.

Código de ayuda:

S07219/25

Norma:

Orden IND/14/2025, de 19 de marzo. Orden EPS/7/2021, de 26 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de abril de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria para el año 2025 de subvenciones destinadas a financiar gastos corrientes realizados por las organizaciones sindicales con representación en la Comunidad Autónoma de Cantabria que no ostenten la condición legal de más representativas, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, en acciones dirigidas a fomentar y difundir la acción sindical y el diálogo social.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo, Innovación, y Comercio (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas a través de la presente Orden, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, las organizaciones sindicales con representación en la Comunidad Autónoma de Cantabria que no ostenten la condición legal de más representativas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos referidos a la información generada por las citadas organizaciones para la mejora y fortalecimiento de su imagen (publicidad y difusión).

b) Gastos correspondientes a jornadas, seminarios, encuentros, mesas redondas, conferencias y actividades similares.

c) Gastos generados por la formación sindical, comprendiendo salarios, desplazamientos, dietas de monitores, materiales diversos, alquiler de locales afectos y otros gastos similares.

d) Gastos comprendidos en los apartados de comunicaciones (teléfonos, fotocopiadoras y correo), equipamientos, servicios y suministros diversos.

e) Gastos de asesoramiento jurídico a trabajadoras y trabajadores, comprendiendo los relativos a despachos laborales y tramitaciones legales.

f) Gastos relacionados con campañas específicas para fomentar el empleo.

g) Gastos relacionados con acciones de fomento de la igualdad de oportunidades, conciliación de la vida familiar y laboral, así como de la promoción del empleo femenino.

Documentos asociados

Boletín: 07/04/2021
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 65
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/03/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 60
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 27/03/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 60
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento