Subvenciones destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo.

Código de ayuda:

S02328/21

Norma:

ORDEN de 14 de noviembre de 2001. ORDEN EIE/985/2017, de 7 de julio. ORDEN EPE/1471/2020, de 21 de diciembre. ORDEN EPE/369/2021, de 8 de abril. ORDEN EPE/512/2021, de 14 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 03 de junio de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene como objeto convocar, para el ejercicio 2021, las subvenciones destinadas a la financiación de los programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo en la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras de ambos programas.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Planificación y Empleo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total del crédito asignado 19.446.666,66 euros, distribuidos entre las subvenciones destinadas a las entidades promotoras para la ejecución de los programas seleccionados, y las becas destinadas al alumnado trabajador.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser benefciarias de las subvenciones a otorgar en régimen de concurrencia competitiva, aquellas entidades promotoras que por su fnalidad y competencia puedan llevar a cabo la ejecución de las correspondientes obras o servicios y dispongan de la capacidad técnica y de gestión suficientes, que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:

a) Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a ellas cuya titularidad les corresponda íntegramente y que por su finalidad y competencia puedan llevar a cabo la ejecución de estos programas.

b) Órganos y organismos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de la Administración del Estado.

c) Asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin fines lucrativos, con al menos un establecimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón, legalmente constituidas conforme a su específca normativa reguladora, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar e inscritas en el correspondiente registro público.

Podrán ser benefciarios/as de las becas previstas en el apartado decimotercero punto 7 de esta Orden, los alumnos y alumnas de las Escuelas Taller durante la fase formativa por los días lectivos que hayan asistido efectivamente a la misma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa de Escuelas Taller dirigido a personas desempleadas menores de 25 años. Los proyectos de este programa tendrán una duración de doce meses.

b) Programa de Talleres de Empleo, dirigido a personas desempleadas de 25 años o más. Los proyectos de este programa tendrán una duración de doce meses.

c) Talleres de Empleo de Emprendedores dirigido a personas desempleadas de 25 años o más. Los proyectos de este programa tendrán una duración de seis meses.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2001
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 279
Documento: ORDEN de 14 de noviembre de 2001 Descargar Documento
Boletín: 17/07/2017
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 135
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Boletín: 26/01/2021
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 16
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Boletín: 26/01/2021
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Boletín: 22/04/2021
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