Subvenciones destinadas a los afectados por el argayo de Sebrango para gastos de inversion.

Código de ayuda:

S54437/14

Norma:

Camaleño, 1 de diciembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/01/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y hacer pública la convocatoria de ayudas para subvencionar a los afectados por el argayo de Sebrango para su utilización en gastos de inversión, con el fin de ayudar a paliar en la medida de lo posible los efectos de un fenómeno natural de gran magnitud, que ha tenido consecuencias en la vida, bienes y circunstancias personales de los afectados.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Camaleño (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

— Los titulares de bienes inmuebles de uso residencial ubicados en el núcleo de Sebrango.

— Los titulares de actividades ganaderas, cuya explotación principal se encuentre radicada
en el núcleo de Sebrango y que estuvieran en funcionamiento en el momento en que se produjeron
los hechos el día 14 de junio de 2014.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El importe de la subvención percibida por los afectados del Argayo de Sebrango habrá de destinarse a los siguientes gastos de inversión: adquisición o rehabilitación de bienes inmuebles, siendo admisible tanto la adquisición y /o rehabilitación de vivienda o negocio, como la adquisición y /o rehabilitación de fincas para uso agrícola o ganadero, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Requisitos:

No será objeto de subvención los solicitantes que no cumplan las condiciones establecidas en el punto tercero. Entre ellos:

— Los titulares de actividades ganaderas, cuya explotación principal no se encuentre radicada en el núcleo de Sebrango o no estuviera en funcionamiento y dada de alta en el momento en que se produjeron los hechos el día 14 de junio de 2014.

— Los titulares de bienes inmuebles de uso industrial ubicados en el núcleo de Sebrango.

— Los titulares de terrenos de naturaleza rústica.

La valoración de las mencionadas circunstancias se realizará previos los informes correspondientes, y a la vista de la documentación incorporada al expediente por los solicitantes, por la Comisión de valoración prevista en el artículo 6.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 243
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento