Subvenciones destinadas a los programas de actuacion para la ciudadania española en el exterior y retornados.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S27800/12Norma:
Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio. Resolución de 7 de agosto de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/08/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. Conceder ayudas destinadas a contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las Federaciones, Asociaciones y Centros de españoles en el exterior.2. Subvencionar los gastos ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de los centros e instalaciones de entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural en favor de los españoles del exterior.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- La cuantía de las ayudas será de carácter variable y estará en función de los gastos totales anuales de funcionamiento de la entidad, hasta un máximo del treinta por cien de éstos. No obstante lo anterior, en el caso de las Federaciones que representen o integren asociaciones o centros de más de un país, dicho límite podrá elevarse hasta el 95 por cien de sus gastos de funcionamiento.- En el caso de los gastos por reparaciones y mantenimiento se podrá subvencionar hasta el 95 por cien de su importe.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta, y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Se entienden como gastos de funcionamiento de las entidades, objeto de este programa, los de personal vinculado a la actividad subvencionada, alquiler de local, electricidad, gas, agua, línea telefónica de voz y de datos, material informático y de oficina de carácter fungible o consumible y otros de similar naturaleza.2. Se consideran gastos de reparaciones y mantenimiento aquellos de naturaleza corriente destinados a mantener, reparar y conservar los edificios y locales, siempre que estas acciones no afecten a su estructura ni supongan un incremento de la capacidad o la vida útil de dichas instalaciones.
3. Asimismo, se consideran subvencionables en el marco de este programa los gastos derivados de la celebración de una Asamblea anual por aquellas Federaciones que representen o integren a asociaciones o centros de españoles en el exterior de más de un país.
Requisitos:
Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo de Asociaciones y Centros de la Dirección General de Migraciones, con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.Documentos asociados
Boletín:
21/07/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 174
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 174
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Boletín:
11/08/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 107
Documento: Convocatora 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 107
Documento: Convocatora 2012 y Anexos. Descargar Documento