Subvenciones destinadas a los sindicatos para financiar el fomento del asociacionismo, la formacion y la seguridad laboral en el sector del transporte y se efectúa la convocatoria para el año 2008.
Código de ayuda:
S73300/08Norma:
ORDEN de 24 de noviembre de 2008Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 22/12/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones a los sindicatos del sector del transporte, para la financiación de gastos destinados al fomento del asociacionismo, la formación y la seguridad laboral en el sector.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Formación
- Prevención Riesgos Laborales
- Transporte
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Obras Públicas y Transportes (Canarias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones objeto de la presente disposición, todos los sindicatos del sector del Transporte, que velen por los derechos de los trabajadores del sector, independientemente del lugar donde vivan dentro de la Comunidad Autónoma, y con representación sindical en el ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria a fecha 31 de diciembre de 2007, y en su defecto a fecha de 31 de diciembre de 2006.Dos. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiario, quienes se hallaren en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No podrán concederse nuevas subvenciones, a los beneficiarios que tengan pendiente de reintegro total o parcial de subvenciones concedidas por cualquiera de los órganos previstos en el artículo 5 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, siempre que la resolución de reintegro sea firme en vía administrativa, y mientras no conste que se haya realizado el ingreso de la cantidad a reintegrar. Asimismo, no podrán concederse nuevas subvenciones hasta que la entidad beneficiaria justifique, conforme a lo establecido en el mencionado Decreto, las concedidas con anterioridad por el mismo órgano, siempre que haya concluido
el plazo establecido para dicha justificación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables los gastos ocasionados por el desarrollo de las actuaciones que a continuación se detallan:1. Realización de estudios y análisis de los aspectos laborales del sector del transporte con especial
atención al seguimiento de los actuales convenios colectivos.
2. Promoción y fomento del asociacionismo en el sector del transporte.
3. Formación en materia de seguridad y riesgos laborales en el sector.
4. Promoción de la Igualdad de Oportunidades en el sector, detección y eliminación de la discriminación
de género.
5. Publicidad, propaganda y relaciones públicas para la realización de Jornadas y Congresos dirigidos al logro de los anteriores objetivos.
6. Realización de estudios y reuniones en otras Comunidades Autónomas para futuros Convenios
Regionales en Canarias.
7. Formación de trabajadores de los sub-sectores de transportes (ambulancias, etc.).
Documentos asociados
Boletín:
02/12/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 241
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 241
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento