Subvenciones destinadas a potenciar el transporte de interes social.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S08500/14Norma:
Orden INN/11/2014, de 25 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/04/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y aprobar para el 2014 la convocatoria de subvenciones, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a potenciar el funcionamiento de las estaciones y/o terminales de autobuses de Cantabria, dado el interés social del transporte público por carretera.Categorías Subvención
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención podrá ser de hasta un 50% de los gastos corrientes de las estaciones o terminales de autobuses considerados subvencionables de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la presente Orden y que se desprendan de la memoria que deben presentar los solicitantes con los gastos desglosados.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los concesionarios del Gobierno de Cantabria de estaciones o terminales de servicios públicos regulares, permanentes y de uso general de transporte de viajero/as por carretera de la Comunidad.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos de las estaciones o terminales que hayan tenido lugar desde el 1 de enero al 30 de noviembre (inclusive) de 2014, acreditados mediante facturas, recibos o documentos justificativos cuya fecha de emisión esté comprendida entre el 1 de enero y el 30 de noviembre (inclusive) de 2014 y que se encuentren dentro de alguna de las siguientes categorías:a) Reparaciones, conservación y mantenimiento: los de sostenimiento del inmovilizado y
movilizado de la estación.
b) Suministros de electricidad, basura, agua, y teléfono.
c) Gastos de personal afi liado a la Seguridad Social de la empresa concesionaria, en la parte
proporcional que preste servicios propios a la estación.
d) Gastos por servicios profesionales contratados a otras empresas: servicios de limpieza,
servicios de seguridad, gastos de asesoría y auditoría y defensa jurídica.
e) Otros gastos corrientes que, por su índole, pudieran ser considerados objeto de subvención
a criterio de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, (por ejemplo, gastos en publicidad, canon a favor de la Sociedad General de Autores, impuesto sobre bienes inmuebles,
seguros, etc.).
Documentos asociados
Boletín:
07/03/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 46
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 46
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento